Aviso No. 17203-2017 — Registro de Marca de Servicio - Super Bet y Diseño
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 17203-2017
- Publicación: 18 de junio de 2018
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,669
- Categoria: Mercantil
Texto completo
[1] Solicitud: 17203-2017 [2] Fecha de presentación: 18-04-2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR [4] Solicitante: LOTERIAS ELECTRÓNICAS DE HONDURAS [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. [4.2] Organizada bajo las Leyes de:
- B)
REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: [5.1 ] Fecha: [5.2 ] País de Origen: [5] Código de País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: [6] Denominación y [6.1] Distintivo: Super Bet y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educacón, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre:GABRIEL ANDRÉS MONCADA FUENTES E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 07-02-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 J., 3 y 18 J. 2018.
Leyes relacionadas
- Resolución No. 875-2017 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de El Empalme, Danlí (Decreto 875-2017, 2017)
- Resolución GES No.281/05-04-2017 mediante la cual se aprueban las Normas para la Presentación y Publicación de Estados e Indicadores Financieros — Esta resolución establece normas que obligan a los bancos y entidades financieras de Honduras a publicar sus estados financieros (balance, resultados, flujos de efectivo) de forma clara y transparente. Las instituciones deben publicar esta información anualmente en periódicos nacionales y en sus páginas web, dentro de cuatro meses después de cerrar el año fiscal, para que depositantes e inversionistas conozcan la salud económica de estas entidades.
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre regulación de ingresos notariales (Decreto 75-1911, 2023)