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7 de octubre de 2019Vigente

Aviso No. 10090/19 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio AF ALLIANCE FRANÇAISE

Registro de la Propiedad Industrial

  • Decreto: 10090/19
  • Publicación: 7 de octubre de 2019
  • Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
  • Gaceta: 35,067
  • Categoria: Mercantil

Texto completo

1/ Solicitud: 10090/19 2/ Fecha de presentación: 01/03/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: FONDATION ALLIANCE FRANÇAISE 4.1/ Domicilio: 101 Boulevard Raspail 75006 París Francia, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AF ALLIANCE FRANCA IS E Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores Rojo, Negro y Gris, tal como aparece en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de información y de consultoría en el ámbito de la formación, de la educación, de la enseñanza; enseñanza y formación de la lengua y de la civilización francesa; servicios de juegos propuestos en línea a partir de una red informática; servicios de formación y enseñanza en particular por correspondencia, por red informática y en línea por medio de un sitio de internet (aprendizaje electrónico); organización de concursos en materia de educación o de esparcimiento; exámenes pedagógicos; organización y dirección de talleres de formación; servicios de edición y de publicación de impresos, periódicos, magacines, revistas, publicaciones periódicas, libros, cartillas [cuadernillos], fichas, manuales y obras escolares, álbumes, catálogos y folletos, carteles, calendarios, agendas, almanaques, fotografías (impresas), en cualquier soporte, incluyendo digitales; servicios de publicación en línea de impresos, periódicos, magacines, revistas, publicaciones periódicas, libros, cartillas [cuadernillos], fichas, manuales y obras escolares, álbumes, catálogos y folletos, carteles, calendarios, agendas, almanaques, fotografías (impresas); suministro de publicaciones electrónicas en línea no descargables; publicación de textos e ilustraciones distintas de las publicitarias en cualquier soporte; ediciones de textos de carácter pedagógico; publicación y préstamo de libros, de soportes audiovisuales; servicios de organización de exposiciones, ferias, salones y cualquier manifestación con fines culturales o educativos; organización y dirección de coloquios, conferencias, congresos, seminarios, simposiums1- servicios de organización de concursos en materia de educación, de entretenimiento, con o sin distribución de premios o atribución de distinciones; servicios de ocio; actividades deportivas y culturales; producción y presentación de espectáculos, de conciertos; servicios de artistas del espectáculo; producción de películas, de cortometrajes, de documentales, de magacines radiofónicos o de televisión; montaje de programas radiofónicos o televisivos; proyección de películas; entretenimientos radiofónicos o de televisión; alquiler de películas, de vídeos, de casetes de audio y vídeo, de discos digitales, discos ópticos, discos compactos (audio y vídeo) discos DVD, CD-ROM y de grabaciones fono gráficas; educación; formación; servicios de entretenimiento, gestión de museos.” 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNADO A. GODOY

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-04-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 O y 5 N 2019. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de abril del año 2019 [12] Reservas: SE REIVINDICA EL COLOR NARANJA Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 7, 23 O y 7 N. 2019. _________

    Se No. Solicitud:

  • Acuerdo No. 032-H-2019 mediante el cual se aprueba Contrato suscrito en Situación de Emergencia para la ejecución de proyecto de reparación y mejoras en el CEB Centroamericana — Este acuerdo aprueba un contrato de emergencia para reparar y mejorar el CEB Centroamericana en Tegucigalpa por 7.6 millones de lempiras. La empresa PROINCA ejecutará las obras en 120 días, con pagos por adelanto e instalaciones, bajo supervisión estatal y con garantías bancarias para asegurar cumplimiento.
  • Reglamento General - Medidas Preventivas Accidentes de Trabajo — Este reglamento establece las normas que deben cumplir empleadores y trabajadores en Honduras para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Obliga a las empresas a crear programas de seguridad, capacitación y comisiones mixtas de trabajadores y empleadores; exige instalaciones seguras, equipos de protección gratuitos y primeros auxilios disponibles. Protege la salud de todos los trabajadores del sector público y privado. (Decreto STSS-053-04, 2004)
  • Certificación de Acuerdo 053-2012 Plan de Arbitrios 2013 Amdc — Esta certificación aprueba el Plan de Arbitrios 2013 del Distrito Central, que es el documento que establece anualmente los impuestos, tasas y contribuciones que deben pagar los residentes y empresas. El plan afecta a todas las personas naturales y jurídicas que realicen actividades económicas o posean bienes en el municipio, con el propósito de recaudar fondos para que la municipalidad brinde servicios públicos como recolección de basura, seguridad y mantenimiento de vías. (Decreto 053-2012, 2012)
  • Plan de Arbitrios 2013 (amdc) — Este Plan de Arbitrios 2013 establece el sistema tributario municipal del Distrito Central. Define los impuestos que deben pagar personas y empresas (bienes inmuebles, industria-comercio, personal, recursos naturales), las tasas por servicios municipales (desechos sólidos, bomberos, permisos), y las multas por incumplimiento. Aplica a todos los vecinos y negocios del municipio.
  • Acuerdo — Normas técnicas y constructivas de edificaciones para el Distrito Central — Este acuerdo establece las normas técnicas y constructivas que deben cumplir todas las edificaciones en el Distrito Central. Define requisitos sobre alturas mínimas de locales, iluminación, ventilación, escaleras, rampas, accesibilidad para personas con discapacidad, salidas de emergencia, sistemas de seguridad contra incendios, y diseño de instalaciones de agua y drenaje para garantizar edificios seguros y funcionales.

Notas

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