Aviso No. 37-2019 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa contra el Estado por actos de la Secretaría de Desarrollo Económico
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Decreto: 37-2019
- Publicación: 22 de agosto de 2019
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Gaceta: 35,029
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: que en veintiocho de junio del año dos mil diecinueve, la Abogada Cristabell Saraí Núñez Pineda, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil denominada IMPORTADORA TRANS PACIFICA SOCIEDAD ANONIMA (S.A.). interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico.- A través de su representante legal la señora Lidia Estela Cardona, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, dicha demanda en materia ordinaria se encuentra registrada bajo el número No. 37-2019, con correlativo No. 0501-2019-00030- LAO, en este despacho y tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución definitiva emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, número DRPC-123-2019 de fecha veintidós de mayo del año dos mil diecinueve, asimismo se declare la nulidad de un acto administrativo por dictar lo prescindiendo total y absolutamente del proceso administrativo y se condene en costas.- SAN PEDRO SULA, CORTÉS, 19 DE AGOSTO DELAÑO 2019 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario 22 A. 2019.
Marcas de Fábrica 1/
Leyes relacionadas
- Decreto-171-2019 — Este decreto aprueba el presupuesto de Honduras para 2020, autorizando ingresos de L155,483 millones para la administración central y L126,852 millones para instituciones descentralizadas, con gastos totales de L282,335 millones. Establece normas para ejecutar el presupuesto, cobrar multas por incumplimiento, incorporar perspectiva de género en gasto público y controlar el endeudamiento al 49.3% del PIB. (Decreto 171-2019, 2019)
- Decreto Legislativo — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2020
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 26-2022 — Ampliación de vigencia del Decreto Legislativo No. 96-2021 sobre costo del flete marítimo (Decreto 26-2022, 2022)
- MTQxNzYzMQ==(1)