Aviso No. 17952-20 — Registro de Marca de Servicio LIVEJASMIN
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 17952-20
- Publicación: 27 de noviembre de 2020
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 35,442
- Categoria: Mercantil
Texto completo
1/ Solicitud: 17952-20 2/ Fecha de presentación: 22-06-20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: Docler IP S.à.r.l. 4.1/ Domicilio: 44, Avenue John F. Kennedy, L-1855, LUXEMBURGO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: LUXEMBURGO
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIVEJASMIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Conversión de datos o documentos de medios físicos a electrónicos, no conversión física; alojamiento (hosting) de sitios infórmáticos [sitios web]; conversión de datos de programas y datos informáticos, no conversión física; instalación de software informático; diseño de sistemas informáticos; análisis de sistemas informáticos; consultoría en el ámbito de hardware informático; diseño de software informático; actualización de software informático; alquiler de software informático; programación de computadoras; mantenimiento de software informático; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; alojamiento (hosting) de un sitio web para el almacenamiento electrónico de fotografías y vídeos digitales; servicios de intercambio de archivos, a saber, proporcionar un sitio web que destaque tecnología que permita a los usuarios cargar y descargar archivos electrónicos; alojamiento (hosting) de instalaciones web en línea para terceros para gestionar y compartir contenido en línea; provisión de motores de búsqueda para obtener datos a través de redes de comunicaciones; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP, por sus siglas en Inglés) que destacan software para permitir o facilitar la carga, descarga, transmisión, publicación, visualización, vinculación, intercambio o de otro modo proporcionar medios electrónicos o información a través de redes de comunicación; provisión de motores de búsqueda para obtener datos a través de una red informática mundial; alojamiento (hosting) de contenido digital en el intemet.
- D)
APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJIA M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/09/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 N., 14 y 30 D. 2020. LIVEJASMIN
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 — Delegación de funciones a Carlos Alberto Madero Erazo, Secretario de Coordinación General de Gobierno (Decreto 043-2020, 2020)
- Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 — Delegación de facultades en Secretario de Coordinación General de Gobierno para firma de Acuerdos Ejecutivos (Decreto 043-2020, 2020)
- Decreto Legislativo mediante el cual se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para realizar modificación interna en el presupuesto de la Secretaría de Estado en el Despacho de
- Acuerdo Ministerial No. 2124-2014 — Cancelación por Cesantía de Coronel de Bomberos — Este acuerdo del Estado ordena la cancelación de Edgardo Arias Rivera del cargo de Coronel de Bomberos en La Lima por cesantía (despido), efectivo desde el 20 de diciembre de 2014. Afecta al empleado público al terminar su relación laboral con el Cuerpo de Bomberos. (Decreto 2124-2014, 2016)
- Decreto Legislativo No. 13-2015 — Aprobación del Contrato No. 183-2014 de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE e Hidroeléctrica Naranjito, S.A. de C.V. — El Congreso Nacional aprueba un contrato entre la empresa estatal ENEE e Hidroeléctrica Naranjito para que esta genere y venda energía hidroeléctrica durante 20 años. La planta de 48.30 MW ubicada en Santa Bárbara venderá energía a precio de $114.14 por megavatio-hora, beneficiando al país con electricidad renovable más barata que la de combustibles fósiles. (Decreto 13-2015, 2015)