Aviso No. 0801-2019-00109 — Demanda en Materia Ordinaria contra el Estado de Honduras - Nulidad de actos administrativos
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2019-00109
- Publicación: 28 de octubre de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 35,757
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres de octubre del 2018, comparecieron ante este Juzgado el abogado Ricardo Adolfo Restrepo Naranjo, en su condición de representante legal de los señores: Florentino Andino Romero,Aldo Javier Bu Zaldívar, Elizabet Medina Thompson, María Cristina Martínez Matute, Nongil Flores López, Daysi Isabel Vijil, Alfonso Mendoza Méndez, María Encarnación Dubon Perdomo, Reina Esther Madrid Hernández, Rosel Faustino Cerrato Juárez, Mirna Lizeth Escobar Acosta, Marco Antonio Sandres Valladares, Isis Griselda Ordoñez Ardon, Claudia Matilde Zabala Ordoñez, Isolina Torres Castro, Cesar Adan Erazo Sagastume, Flora Raquel Medina Zabala y Felipe Anibal Fajardo Rodríguez, en sus condiciones personales, incoando demanda POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en:
- 1)
LA RESOLUCIÓN No. 914/2013-SG- TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013.
- 2)
RESOLUCION No. 156/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2016.
- 3)
RESOLUCION 916/2013-SG-TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013.
- 4)
RESOLUCION No. 158/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2016, 5 RESOLUCION No. 922/2013-SC-TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013. 6) RESOLUCION No. 164/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2016. 7) RESOLUCION No. 911/2013-SG-TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013. 8) RESOLUCION No. 153/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2016. 9) RESOLUCION No. 546/2013-SC-TSC DE FECHA SEIS DE JUNIO DEL 2013. 10) RESOLUCION No. 172/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2013.11)RESOLUCION No. 913/2013-SC-TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013.12) RESOLUCION 155/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016,13)RESOLUCION No. 928/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 14) RESOLUCION No. 170/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEI2016.15) RESOLUCION No. 917/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 16) RESOLUCION No. 15912016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016,17)RESOLUCION No. 909/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2018, 18) RESOLUCION No. 151/2016- SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.19)RESOLUCION No. 910/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 20) RESOLUCION No. 152/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016,21)RESOLUCION No. 925/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 22) RESOLUCION No. 167/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.23)RESOLUCION No. 924/2013-SG-TSC-DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 24) RESOLUCION No. 166/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.25)RESOLUCION No. 926/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013, 26) RESOLUCIÓN No. 168/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.27)RESOLUCION No. 919/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2018. 28) RESOLUCION No. 161/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.29)RESOLUCION No. 920/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 30) RESOLUCION No. 162 /2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.31)RESOLUCION No. 923/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013 32) RESOLUCION No. 165/2016-SG-TSC-RR DE FECHA27DE OCTUBRE DEL2016.33)RESOLUCION No. 927/2013-SG-TSC DE FECHA22 DE AGOSTO DEL 2013. 34) RESOLUCION No. 169/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DE 2016, 35) RESOLUCION 91512013-SG-TSC DE FECHA 22 DE AGOSTO DEL 2013, Y 36, RESOLUCION No. 157/2016-SG-TSC-RR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DEL 2016. Todas emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas; contra el Estado de Honduras a través del Tribunal Superior de Cuentas;quedando registrada en esta judicatura bajo el No. 0801-2018-00267.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo v los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTÍNEZ Secretaria Adjunta 28 O. 2021
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