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14 de marzo de 2024Vigente

Decreto Legislativo — Ratificación de Convenio de Crédito con Banco Central de Honduras y MUFG Bank

Congreso Nacional

  • Publicación: 14 de marzo de 2024
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 36,485

Articulos

Articulo 2.-

Los pagos bajo el Convenio, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones, impuestos, derechos, tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.

Articulo 3.-

Todos los bienes y servicios, que sean adquiridos con los fondos de este Convenio de Crédito y fondos nacionales para la ejecución del programa en mención, quedan exonerados de los gravámenes arancelarios, impuestos selectivos al consumo e Impuestos Sobre Ventas, que graven la importación y/o compra local.

Articulo 4.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los seis días del mes de marzo de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. TEGUCIGALPA, M.D.C., 14 de marzo de 2024. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS