Acuerdo Ministerial — Protocolo de Familias de Protección Temporal para niños, niñas y adolescentes en Honduras
- Publicación: 18 de diciembre de 2024
Considerandos
SEGUNDO: Quedan derogadas cualquier disposición ministerial que contravengan lo establecido en el presente Acuerdo.
TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LIZETH ARMANDINA COELLO GOMEZ SECRETARIA DE ESTADO ALEX GEOVANNI NAVAS ÁLVAREZ SECRETARIA GENERAL
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SEGUNDO: Quedan derogadas cualquier disposición ministerial que contravengan lo establecido en el presente Acuerdo. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LIZETH ARMANDINA COELLO GOMEZ SECRETARIA DE ESTADO ALEX GEOVANNI NAVAS ÁLVAREZ SECRETARIA GENERAL