Acuerdo Ministerial No. 202-2020 — Modificación de regulaciones para administración de contingentes arancelarios del Tratado de Libre Comercio Honduras-Canadá
Secretaría de Desarrollo Económico
- Decreto: 202-2020
- Publicación: 15 de octubre de 2020
- Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
- Gaceta: 35,400
Considerandos
Que el Artículo 2 del Decreto No.251-2013 del 7 de junio de 2014 establece que la Secretaría de Desarrollo Económico es la institución responsable de la administración e implementación del Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá el cual entró en vigor el 1 de octubre de 2014.
Que el Acuerdo Ministerial No.357-2014 del 29 de septiembre de 2014, estableció el 01 de octubre del año 2014, como la fecha de entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre Canadá y la República de Honduras, a la vez que adoptó regulaciones para su administración.
Que la Sección I, del Anexo I, del Acuerdo Ministerial No.357-2014 del 29 de septiembre de 2014, estableció el 01 de octubre del año 2014, contiene las disposiciones para la administración de los contingentes arancelarios de importación contenidos en el Anexo 3.4.2 Contingentes Arancelarios “Lista de Honduras” del Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá.
Que en relación al volumen de los contingentes arancelarios de importación es objetivo fundamental de la Secretaría de Desarrollo Económico el aprovechamiento total del contingente, por lo que los requisitos de cumplimiento para obtención del certificado deben ser simples.
Que el Gobierno de la República de Honduras ha emitido disposiciones orientadas a lograr una mayor simplificación administrativa en procura de que se agilicen los trámites para emitir permisos, licencias, certificaciones, constancias, etc., a manera de evitar duplicidad de acciones con el fin de imprimir celeridad a los trámites administrativos.
Que en fecha 24 de agosto de 2019 fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el Decreto Ejecutivo No. PCM-045-2019, contentivo de las medidas de simplificación administrativa, con el propósito que procedan sin dilación alguna a emitir permisos, licencias, certificaciones, constancias y demás actos administrativos que pongan fin al procedimiento administrativo en los plazos legalmente establecidos.
Texto completo
ACUERDO MINISTERIAL No. 202-2020 LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que el Artículo 2 del Decreto No.251-2013 del 7 de junio de 2014 establece que la Secretaría de Desarrollo Económico es la institución responsable de la administración e implementación del Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá el cual entró en vigor el 1 de octubre de 2014. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Ministerial No.357-2014 del 29 de septiembre de 2014, estableció el 01 de octubre del año 2014, como la fecha de entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre Canadá y la República de Honduras, a la vez que adoptó regulaciones para su administración. CONSIDERANDO: Que la Sección I, del Anexo I, del Acuerdo Ministerial No.357-2014 del 29 de septiembre de 2014, estableció el 01 de octubre del año 2014, contiene las disposiciones para la administración de los contingentes arancelarios de importación contenidos en el Anexo 3.4.2 Contingentes Arancelarios “Lista de Honduras” del Tratado de Libre Comercio entre la República de Honduras y Canadá. CONSIDERANDO: Que en relación al volumen de los contingentes arancelarios de importación es objetivo fundamental de la Secretaría de Desarrollo Económico el aprovechamiento total del contingente, por lo que los requisitos de cumplimiento para obtención del certificado deben ser simples. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras ha emitido disposiciones orientadas a lograr una mayor simplificación administrativa en procura de que se agilicen los trámites para emitir permisos, licencias, certificaciones, constancias, etc., a manera de evitar duplicidad de acciones con el fin de imprimir celeridad a los trámites administrativos. CONSIDERANDO: Que en fecha 24 de agosto de 2019 fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el Decreto Ejecutivo No. PCM-045-2019, contentivo de las medidas de simplificación administrativa, con el propósito que procedan sin dilación alguna a emitir permisos, licencias, certificaciones, constancias y demás actos administrativos que pongan fin al procedimiento administrativo en los plazos legalmente establecidos. POR TANTO: