Licitación No. 04-2023 — Renovación de Equipo y Software Tecnológico para Audiencias Judiciales y Virtuales del Poder Judicial de Honduras
Poder Judicial de Honduras
- Decreto: 04-2023
- Publicación: 16 de marzo de 2024
- Órgano emisor: Poder Judicial de Honduras
- Gaceta: 36,487
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras, es el texto legal que desarrolla los preceptos constitucionales en materia de organización del gremio médico, así como, la defensa de los derechos e intereses de los profesionales de la medicina y de la salud de la población hondureña.
Que es atribución de la Asamblea General del Colegio Médico de Honduras acordar los reglamentos, para que dicho Colegio cumpla con sus fines, siguiendo el procedimiento interno que corresponde.
Texto completo
Licitación Pública Nacional N°. 04-2023 ‘‘RENOVACIÓN DE EQUIPO Y SOFTWARE TECNOLÓGICO PARA AUDIENCIAS JUDICIALES Y VIRTUALES DEL PODER JUDICIAL DE HONDURAS’’ El Poder Judicial, con base en el artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, comunica lo siguiente a todas las Empresas que están participando en este proceso y que retiraron el documento base: Pueden personarse a las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el Edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., en un horario de 7:30 A.M. a 4:00 P.M., a efecto de retirar las respuestas a las consultas realizadas por escrito por parte de las Empresas participantes en este proceso licitatorio, durante el período de preguntas y respuestas. Que la fecha para la Recepción y Apertura de Ofertas: Se modifica, siendo la nueva fecha para el viernes 05 de abril de 2024, a las 09:00 a.m., en el Salón de Sesiones de la Dirección Administrativa, ubicado en el Edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C. Se reitera que, en cuanto al período de consultas y respuestas las mismas tenían un plazo perentorio hasta el martes 05 de marzo de 2024, tal y como se establece el aviso de invitación a Licitar, difundido en los Diarios de mayor circulación y asimismo, cargada a la Plataforma de HONDUCOMPRAS. ‘‘Vencido el término antes mencionado, no se aceptarán más consultas según lo preceptuado en el Artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado’’. El presente Adendum pasa a formar parte íntegra de los documentos contractuales, por lo que se debe prestar la atención debida. Tegucigalpa, M.D.C. Marzo de 2024 Lic. Gisela Caceres Zelaya Jefa de la Unidad de Licitaciones 16 M. 2024 ADENDUM N°. I
COLEGIO MÉDICO DE HONDURAS CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria de Actas y Correspondencia del Colegio Médico de Honduras, por este acto, CERTIFICA: El punto No. 5.2, de la Sesión Ordinaria de la LXIa.Asamblea General del Colegio Médico de Honduras, celebrada en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, los días diez (10), once (11) del mes febrero y veintitrés (23) de junio del dos mil veintitrés (2023) que literalmente dice: ACTA No. LXI CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras, es el texto legal que desarrolla los preceptos constitucionales en materia de organización del gremio médico, así como, la defensa de los derechos e intereses de los profesionales de la medicina y de la salud de la población hondureña. CONSIDERANDO: Que es atribución de la Asamblea General del Colegio Médico de Honduras acordar los reglamentos, para que dicho Colegio cumpla con sus fines, siguiendo el procedimiento interno que corresponde. POR TANTO: La Asamblea General Ordinaria No. LXI del Colegio Médico de Honduras en aplicación del artículo 177 de la Constitución de la República; 1 y demás aplicables de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria; 1, 4, 5, 6, 19 inciso c, 34 de la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras; 32 y 41 inciso c del Reglamento Interno de la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras. ACUERDA: