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22 de febrero de 2024Vigente

Licitación No. LPN-MPC-GT-03-2024 — I ETAPA DE ADOQUINAMIENTO LA ESCONDIDA, PUERTO CORTÉS, CORTÉS

Municipalidad de Puerto Cortés

  • Decreto: LPN-MPC-GT-03-2024
  • Publicación: 22 de febrero de 2024
  • Órgano emisor: Municipalidad de Puerto Cortés
  • Gaceta: 36,467
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO DE LICITACION República de Honduras ‟ I ETAPA DE ADOQUINAMIENTO LA ESCONDIDA, PUERTO CORTÉS, CORTÉS.”. LPN-MPC-GT-03-2024

  • 1)

    La Municipalidad de Puerto Cortés, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-MPC-GT-03-2024, a presentar ofertas selladas para la ‟I ETAPA DE ADOQUINAMIENTO LA ESCONDIDA, PUERTO CORTÉS, CORTÉS”. A ejecutarse en un período de 04 meses las empresas Son:

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos Municipales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Municipalidad de Puerto Cortés - Departamento de Adquisiciones y Contrataciones; Teléfono 2665-3228 en la dirección indicada al final de este Llamado, a partir del día lunes 26 de febrero en horario en horario de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. previo el pago de la cantidad no reembolsable de L.500.00 pagaderos en la Tesorería Municipal.

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: En Sala 2 del Salón Consistorial, 2da. planta Municipalidad de Puerto Cortés, 13 y 14 calle, entre 1era. y 3er. avenida Puerto Cortés, las 10:00 a.m. el día martes 26 de marzo de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada para la recepción, a las 10:15 a.m.

  • 6)

    Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente por lo menos al 2% del precio de la oferta. Las consultas dirigirlas a: Municipalidad de Puerto Cortés, 13 y 14 calle, 1 y 3 avenida Barrio La Curva, Puerto Cortés, Cortés, Honduras, dac@am puerto cortes.hn Teléfono: 2665- 0183 / 3228 22 F. 2024 Lic. María Luisa Martell Alcaldesa Municipal Abg. Mayra Sarahy Gámez Pineda Secretaria Municipal 1.Servicios Para El Desarrollo Dela Construcción S.DeR.L.(SEDECO) 2.Constructora Sato,S.DER.L.DEC.V. 3.Consultoría y Constru ción HJJS.A. 4.Ingeniería Electromecánica y Construcción de Obras Civiles(INGELCO)S.DER.L. 5.Constructora SERPIC,SDER.L.deC.V. 6.Constructora Diek S.A.deC.V. 7.Geo Construcciones S.A.deC.V. 8.LempiraS.deR.L. 9.AcarreoyMaquinariadeConstrucciónS.DER.L.(AMACON) 10.Servicios De Mantenimiento Y Construcción,S.A.(SERMACO) 11.CompañíadelaConstrucciónS.A.DEC.V.(CODECON) 12.Ingenieros Calona De Honduras,S.DER.L.(INCAH) 13.Ingeniería Barned S.DER.L. 14.ConstruccionesyPavimentosS.A.DeC.V.(COPAS A) 15.Diseño,Construcción y Servicios Técnicos(DICONSET,S.A.DEC.V.) 16.ProfesionalesdelaConstrucciónS,A.deC.V.(PRODECON) 17.Inverisones Carbajal S.DER.L.DEC.V.

    PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplícación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintiséis de enero del año dos mil veinticuatro el Abogado José Antonio Mejía Corleto en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Cable Color, S.A DE C.V.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2024-00025.-LAO y número asignado por el Juzgado 26-2024 S.P.S.- contra el Alcalde Municipal señor Alexander López Orellana, en su condición de Alcalde y por ende Represéntante Legal de la Municipalidad de El Progreso, departamento de Yoro, demanda para que se declare la anulación del acto administrativo contenido en el plan de Arbitrios Municipal del año Fiscal 2024 de la Municipalidad de El Progreso, Yoro, Especificamente del Artículo 62, referente a la instalación y comercialización de redes de distribución de cables de televisión, eléctrico, telefónico, canal de datos digital u otros sistemas de redes o de telecomunicación en relación con el artículo 155.- Que se reconozca una situación juridica individualizada suspensión del acto impugnado.-COSTAS San Pedro Sula, Cortés, 08 de febrero del año dos mil veinticuatro Licenciado. Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 22 F. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRAT O SAN PEDRO SULA, CORTÉS A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintidós de noviembre del año dos mil veintitrés el Abogado José Antonio Mejía Corleto en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Cable Color, S.A DE C. V. Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00159.-LAP y número asignado por el Juzgado 165-2023 S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estados en los Despachos de Desarrollo Económico Protección al Consumidor; dicha demanda en materia ordinaria tiene como finalidad que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, contenido en la resolución número 136-2023 emitida por la Dirección Regional Nor-Occidental de San Pedro Sula, departamento de Cortés, de protección al consumidor. Que se reconozca una situación jurídica individualizada, consistente en la declaración de nulidad del procedimiento llevado a cabo en el presente caso por prescindir absolutamente de las normas aplicables.- Ordenar el envío del expediente administrativo en que obra documentos originales. San Pedro Sula, Cortés, 08 de febrero del año dos mil veinticuatro Licenciado. Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 22 F. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de enero del dos mil diecinueve (2019), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil Denominada CABLE COLOR, S.A. de C.V. Incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2019- 00333 contra el Estado de Honduras, a través de la ALCALDIA MUNICIPAL DE CHOLUTECA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se interpone demanda para que se declare la anulación del acto administrativo contenido en el Plan de Arbitrios Municipal del año fiscal 2019 de la municipalidad de Choluteca.- Específicamente del artículo 71.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada.- Suspensión del acto impugnado.- Medios de prueba.- Costas.- Poder contencioso ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 22 F. 2024