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Decreto No. LPN-SEDESOL-001-2024 | 18 de enero de 2024 | Poder Ejecutivo

Licitación No. LPN-SEDESOL-001-2024 — Renovación de Licencias Informáticas

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Resumen

SEDESOL convoca a empresas a participar en una licitación pública para renovar licencias informáticas. Las empresas interesadas pueden obtener documentos de licitación desde el 20 de mayo, deben presentar ofertas antes del 1 de julio de 2024 a las 11:00 a.m., y cada oferta requiere una garantía del 2% del monto total.

Texto completo

La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-SEDESOL-001-2024, a presentar ofertas selladas para la “RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Gerencia Administrativa SEDESOL, Tel. 2242-7981, Ext. 11238 y 11239, en la dirección indicada al final de este llamado a partir del día lunes veinte (20) de mayo en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.; o, de manera electrónica al correo: comprasgc@sedesol.gob.hn. 5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficinas de la Gerencia Administrativa SEDESOL, ubicada en el quinto (5to.) nivel de la torre dos (02), Centro Cívico Gubernamental “José Cecilio del Valle” a más tardar a las 11:00 a.m. del día lunes uno (01) del mes de julio del año 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección y fecha indicada, a las 11:15 a.m. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por al menos el 2% del monto total ofertado con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas. JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Social SEDESOL 20 M. 2024 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Honduras JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para efectos de Ley; HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Civil en el expediente número 0801-2023-04443- CV, dictó sentencia en fecha veinticuatro (24) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), que en su parte Dispositiva dice: Este Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, en nombre de la República de Honduras, y en aplicación de los artículos anteriormente relacionados: FALLA: PRIMERO: Declarar herederos ab-intestato a los jóvenes DANIEL DE JESUS MONTOYA RODRIGUEZ, BESSY ODALIS MONTOYA RODRIGUEZ y EVELYN YAMILETH MONTOYA RODRIGUEZ, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunto padre el señor DONALDO ANTONIO MONTOYA ANDINO (QDDG).- SEGUNDO: Conceder la posesión efectiva de la herencia a los jóvenes DANIEL DE JESUS MONTOYA RODRIGUEZ, BESSY ODALIS MONTOYA RODRIGUEZ y EVELYN YAMILETH MONTOYA RODRIGUEZ, sin perjuicio de otros herederos ab intestato o testamentarios de igual o mejor derecho.- TERCERO: Hacer las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación en este Departamento, o por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince días.- CUARTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación íntegra del presente fallo para que se hagan las Anotaciones, Inscripciones y los trámites legales correspondientes.- Tegucigalpa, M.D.C., 18 de enero del 2024 ELISA BANEGAS SECRETARIA 20 M. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 20 D E MAYO D E L 2024 N o . 36,538 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que las Abogadas JESSICA MARIA CONTRERAS FLORES y PAOLA RACHEL CHAVARRIA ORDOÑEZ, actuando en su condición de representantes procesales de la señora DEMNIS XIOMARA HERNANDEZ, mayor de edad, casada, hondureña, con domicilio en la comunidad de Madrigales, municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, con Documento Nacional de Identificación número No.0603-1968-00084, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un predio, ubicado en aldea San Judas, municipio del Corpus, departamento de Choluteca.- _Mapa Final: KC-43, extensión del predio 06 HAS, 30 AS, 93.52 CAS, Naturaleza Jurídica SITIO LOS TEJARES/EJIDAL A NOMBRE DEL PUEBLO DE CONCEPCIÓN DE MARIA. COLINDANCIAS: NORTE, GERMÁN GUILLEN; AL SUR, GLORIA TABORA; AL ESTE, ENRIQUE HERNANDEZ, NELSON CRUZ BETANCO, MARIA VALLADARES, CALLE DE POR MEDIO CON PAULINA RAMIREZ; AL OESTE, GLORIA TABORA, LIGA CAMPESINA SAN JUDAS. OSERVACIONES: Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO LOS TEJARES DE NATURALEZA JURIDICA EJIDAL A NOMBRE DEL PUEBLO DE CONCEPCION DE MARIA. Se adjunta plano con sus respectivos límites, distancias, rumbos y coordenadas. Dicho lote lo ha obtenido desde hace más de veinte años consecutivos de manera quieta, pacífica y no interrumpida no existiendo otros poseedores pro-indivisos. Choluteca, 13 de Marzo del año 2024 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA GENERAL 19 M., 19 A. y 20 M. 2024 _____ la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora EDNA AURORA RUBI ESPINAL, interponiendo demanda especial en materia Personal, ron número de ingreso 0801-2024- 00182, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, para declarar la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- Y como medida para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado que se condene al reintegro al trabajo.- Pago de salarios caídos.- El reconocimiento de los beneficios colaterales causados.- Pago de retroactivo de incrementos salariales aprobados por el gobierno.- Incrementos salariales y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Pago de las aportaciones al Sistema Previsional INJUPEM.- Pago de cotizaciones al Régimen de Enfermedad y Maternidad del Instituto Hondureño de Seguridad Social IHSS. Pago de salario adeudado por el mes de enero 2024. Reconocimiento de antigüedad. Se acompañan documentos.- Costas.- Poder; En relación al Acuerdo No.-364-2023 de fecha 22 de diciembre del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 20 M. 2024 _____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 20 D E MAYO D E L 2024 N o . 36,538 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora Leanela Andrely Casco Ruíz, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Dirección de la Niñez, Adolescencia y familia, ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia, con orden de ingreso No.0801-2024-00059, para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare nulo un acto de carácter particular consistente en el Acuerdo número 422-2023, de fecha veintidós (22) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia, ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a su puesto de trabajo u otro de igual o mejor categoría y jerarquía, se condene al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea efectivamente reintegrada al cargo indicado, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificaciones, pago de salarios mensuales adicional otorgado anualmente, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado a su cargo, aumentos salariales que se devenguen durante dure el proceso, que se asuma la cuota correspondiente a la Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) en lo referente al pago en el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 20 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de abril del dos veintitrés (2023), compareció a este juzgado la abogada Nelly Yadira Núñez Meza, en su condición de representante procesal de la sociedad mercantil denominada Mount Dora Farms de Honduras S. DE R.L., incoando demanda vía procedimiento especial en materia tributaria, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; con orden de ingreso número 0801-2023-00018, para que se declare la ilegalidad y nulidad por no ser conforme a derecho de actos administrativos de carácter particular consistentes en la Resolución número DEI-12-DA-AGC-2013, de fecha catorce (14) de enero del dos mil trece (2013), Resolución número 171-15-12000-2218, de fecha treinta (30) de junio del dos mil quince (2015), ambas emitidas por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) y la Resolución número A.L. 1039-2021, de fecha veintitrés (239 de noviembre del dos mil veintiuno (2021), emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), por contener vicios de nulidad absoluta y anulabilidad como el exceso de poder y ser emitidos con infracción del ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca que la sociedad Mount Dora Farms de Honduras S. DE R.L., con R.T.N. 0301- 9005-013092, se encuentra solvente con el pago de Impuesto Sobre la Renta de los años 2010 y 2011 en aplicación a lo establecido en el artículo 10, párrafos 1 y 5, inciso h) de la Ley de Impuesto Sobre la Renta y en consecuencia, se deje sin valor y efecto el cobro adicional de Impuesto Sobre la Renta para los años 2010 y 2011 que corresponden a la cantidad de L.187,249.66 (CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 66/100) y L. 237,237.89 (DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE LEMPIRAS CON 89 /100) respectivamente, para un total de L.424,487.55 (CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 55/100).- Se acompañan documentos.- Se acredita poder.- ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 20 M. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 20 D E MAYO D E L 2024 N o . 36,538 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de febrero del año 2024, comparece la señora Eybi Susett Canales Osorio, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00178, contra el Estado de Honduras a través de la Direccion Nacional de Investigación e Inteligencia, incoando demanda especial en materia de personal para la declaración de no ser conforme a derecho y la anulación de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta por cesantía. Como medida para el pleno establecimiento del derecho subjetivo violado el reintegro al trabajo. Pago de salarios caídos. El reconocimiento de los beneficios colaterales causados, pago retroactivo de incrementos salariales y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio. Me reservo el derecho a las prestaciones en el caso de que el reintegro se torne materialmente imposible o no se ordene su procedencia. Pago de las aportaciones al Sistema Previsional Instituto de Previcion Militar; en el Acuerdo DNII-No.082-2024 de fecha 23 de enero de 2024. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 20 M. 2024 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO DE SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR Exp. 0501-2023-03760-LCV

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