Vigente
Decreto No. 34/2017 | 4 de noviembre de 2017 | Banco Central de Honduras | La Gaceta No. 34,483
Licitación No. 34/2017 — Contratación de póliza de seguro colectivo de vida y gastos médico-hospitalarios para dependientes del PAS y empleados especiales del BCH
Leyes relacionadas
Acuerdo Ministerial No. 288-2017 — Rectificación del Acuerdo Ministerial No. 5478 relativo a Comisión Especial de Evaluación para Licitación Pública Nacional No. 018-2016-SS
Decreto 288-2017 | 2017
Diarios Oficial La Gaceta No. 34,401 del 27 de Julio del 2017
Esta ordenanza obliga a propietarios de terrenos forestales en Tegucigalpa a prevenir y controlar incendios y plagas de árboles. Prohibe cambiar el uso de suelo en bosques dañados y exige reforestación. Los incumplimientos generan multas de 15,000 a 75,000 lempiras según la infracción.
Decreto | 2018
Resolución GES No.324/26-04-2017 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros mediante la cual se reforman las Normas para la Presentación y Publicación de Estados e Indicadores Financieros
Esta resolución actualiza las normas que regulan cómo los bancos y instituciones financieras en Honduras deben presentar y publicar sus estados financieros (balances, resultados e indicadores). Obliga a estas instituciones a publicar información clara y verificable en periódicos y en internet para que el público pueda conocer la salud financiera de cada entidad, garantizando transparencia y confianza en el sistema.
Decreto | 2017
Decreto No. 130-2017 Código Penal
Este código reemplaza la ley penal anterior y establece nuevas reglas sobre qué acciones son delitos, quién es responsable penalmente y qué castigos se aplican. Beneficia a la sociedad al modernizar las leyes para combatir nuevas formas de criminalidad organizada y al proteger derechos fundamentales de los acusados, garantizando que nadie sea castigado sin que su conducta estuviera prevista como delito.
Decreto 130-2017 | 2019
Resolución No. 005-2017 — Circular sobre tiempos obligatorios en licitaciones privadas de obra, bienes y servicios
Esta circular establece que las instituciones públicas deben dar un mínimo de 10 días hábiles entre la invitación y la fecha límite para presentar ofertas en licitaciones de obras, bienes y servicios. Los organismos responsables pueden otorgar más tiempo según la complejidad del proyecto, asegurando así competencia justa y transparencia en las compras del Estado.
Decreto 005-2017 | 2017