Licitación No. LPN 1806 01 2017 — Suministro de Tubería de Hierro Fundido Dúctil
Municipalidad de Morazán, Yoro
- Decreto: LPN 1806 01 2017
- Publicación: 3 de abril de 2017
- Órgano emisor: Municipalidad de Morazán, Yoro
- Gaceta: 34,306
- Categoria: Administrativo
Texto completo
MUNICIPALIDAD DE MORAZÁN, YORO AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN 1806 01 2017 “SUMINISTRO DE TUBERÍA DE HIERRO FUNDIDO DUCTIL (HFD)” La Municipalidad de Morazán, Yoro, por este medio INVITA a las Empresas, debidamente constituidas, interesadas en participar a presentar Oferta Económica, para la adquisición de SUMINISTRO DE 400 PIES DE TUBERÍA HFD DE 12 PULGADAS (300MM) Y 6,200 PIES DE TUBERÍA HFD DE 14 PULGADAS (350MM) Los Pliegos de Condiciones (CD), podrán ser retirados en la Secretaría Municipal de la Alcaldía de Morazán, Yoro, ubicada frente al Parque Central, Barrio El Centro, Morazán, Yoro, a partir de la fecha hasta el día viernes 28 de abril de 2017 hasta las 4:00 P.M., a un costo de L. 2,000.00 no reembolsables, inscribiéndose en la lista oficial para legal participación. Morazán, Yoro, 27 de marzo del 2017. Denis Mauricio Fuentes Handal Alcalde Municipal 3 A. 2017. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez de agosto del dos mil dieciséis, interpuso demanda ante este Juzgado el señor FRANKLIN GEOVANNY AMAYA MATUTE,con orden de ingreso número 0801-2016-00411, contra el Estado de Honduras a través de La Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, incoando demanda Contencioso Administrativo para que se declare de un Acto Administrativo de carácter particular en materia de Personal, emitido por el Estado de Honduras a través del Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 53-2016, de fecha 19 de julio del año 2016; por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder: Reconocimiento de la situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e injusta, y como medidas para el pleno restablecimiento de mi derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva el pago de mis prestaciones e indemnizaciones laborales, salario adeudado, más el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios.- Pago de intereses comerciales y moratorios de conformidad a la tasa que establezca el Banco Central de Honduras, a la fecha de liquidación de la sentencia.- Costas del juicio.- Poder. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIA ADJUNTA 3 A. 2017.