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2 de marzo de 2018Vigente

Licitación No. 01-2018 — Invitación a licitar - Reparaciones varias en el Edificio Judicial del municipio de La Ceiba, Departamento de Atlántida

Poder Judicial

  • Decreto: 01-2018
  • Publicación: 2 de marzo de 2018
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 34,582
  • Categoria: Administrativo

Articulos

Articulo 1.-

OBJETO: El presente reglamento tiene por objetivo, establecer la normativa y procedimientos para determinar el pago de viáticos y otros gastos de viaje dentro y fuera de la República para los empleados y funcionarios del MECANISMO Y COMITÉ NACIONAL DE PREVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS CRUELES INHUMANOS O DEGRADANTES.

Articulo 2.-

BENEFCIARIOS AL PAGO DE VIÁTICOS: Los funcionarios y empleados permanentes y no permanentes del MNP-CONAPREV, tendrán derecho a que se les reconozca viáticos y otros gastos de viaje, cuando sean autorizados a ausentarse de su domicilio laboral y permanecer en lugares dentro o fuera del territorio nacional para el cumplimiento de misión oficial. Así también se reconocerá viáticos y otros gastos de viaje a personal que no labore con el MNP-CONAPREV siempre y cuando sea necesaria su colaboración en una gira de trabajo. ARTÌCULO 3.- Medios y rutas de viaje económicas: Los viajes se harán preferentemente por los medios y rutas más económicas, salvo en casos de urgencia o por razones de salud podrán autorizarse boletos aéreos en clase económica, o terrestres en clase ejecutiva. CAPÍTULO II DEFINICIONES

Articulo 4.-

DEFINICIONES: Para los fines del presente Reglamento, se entiende por: a) VIAJERO.- El funcionario o empleado permanente o por contrato del MNP-CONAPREV debidamente autorizado para viajar en misión oficial por cuenta de la institución. b) VIÀTICOS.-Cantidad en Lempiras o Dólares que según el lugar a visitar, se reconoce al viajero(a) para cubrir gastos de alimentación, hotel y transporte, incluyendo impuestos, cuando el viajero(a) salga de su sede laboral en misión oficial autorizada. c) GASTOS DE SUBSISTENCIA: Son gastos menores que se pagan al viajero(a) para cubrir alimentación, en virtud de misiones oficiales realizadas dentro del departamento, o fuera del perímetro de la ciudad, cuyo monto no debe exceder de ciento cincuenta lempiras (L.150.00), si la labor se realiza el mismo día. d) OTROS GASTOS DE VIAJE.- Es la asignación de dinero que se proporciona al viajero para cubrir gastos relacionados directamente con el viaje autorizado, tales como:

  • 1)

    Transporte del hotel hacia la terminal de transporte y viceversa, embarque o desembarque;

  • 2)

    Tasas e impuestos aeroportuarios, peaje;

  • 3)

    Gastos de combustible, lubricantes, repuestos, accesorios y reparaciones menores cuando se utilice vehículo propiedad del MNP-CONAPREV o este sea alquila do;

  • 4)

    Gasto en combustible, lubricantes, estacionamiento que se hace al empleado o funcionario con autorización previa del Comité Nacional, cuando se utilice vehículo particular del viajero para realizar labores en misión oficial;

  • 5)

    Gastos en comunicaciones del espectro radioeléctrico: Es el reconocimiento de gastos que se hace al viajero(a) cuando en cumplimiento de la misión encomendada, realiza gastos de internet, correo electrónico, teléfono fijo o móvil, videoconferencia o fax. CAPÍTULO III CATEGORÍAS, ZONAS GEOGRÁFICAS Y TABLA DE VIÁTICOS

Articulo 5.-

Asignación de viáticos y gastos de viaje: Para los efectos del presente Reglamento, los viáticos y gastos de viaje se asignan en base a la categoría del cargo; zonas y regiones geográficas, y periodo de duración de la misión conforme la siguiente tabla. U D I-D EG T-U N AH VIAJES DENTRO DEL PAIS: NOTA: Las regiones geográficas a que se hace referencia en el presente artículo son las delimitadas y definidas en la Ley del Plan de Nación y Visión de País. - Que para tal efecto son las siguientes: Región

  • 01)

    Valle de Sula Región

  • 02)

    Valle de Comayagua Región

  • 03)

    Occidente Región

  • 04)

    Valle de Leán Región

  • 05)

    Valle del Aguán Región

  • 06)

    Cordillera Nombre de Dios Región

  • 07)

    Norte de Olancho Región

  • 08)

    Valles de Olancho Región

  • 09)

    Biosfera del Río Plátano Región

  • 10)

    La Mosquitia Región

  • 11)

    El Paraíso Región

  • 12)

    Centro Región

  • 13)

    Golfo de Fonseca Región

  • 14)

    Río Lempa Región

  • 15)

    Arrecife Mesoamericano Región

  • 16)

    Santa Bárbara. U D I-D EG T-U N AH VIAJES FUERA DEL PAIS EN US $

Articulo 6.-

Logística de apoyo para realizar viajes en misión oficial: El MNP-CONAPREV conforme sus posibilidades, asignará un vehículo de su propiedad con su respectivo motorista y gastos de combustible, tomando como base el rendimiento de la unidad por kilómetro recorrido o a recorrer, en tal caso el jefe o responsable de la misión oficial se transforma durante el viaje en jefe del motorista asignado e impartirá las instrucciones sobre la ruta a recorrer y la seguridad vial que debe observar de conformidad con la Ley de Tránsito vigente para prevenir accidentes, así como la seguridad del vehículo asignado, debiendo el motorista cumplir sus instrucciones. En caso de que el MNP-CONAPREV, no disponga de vehículo de su propiedad para realizar un viaje oficial, podrá autorizar mediante una solicitud del viajero con visto bueno de un Comisionado y el Gerente Administrativo, que éste se realice en el vehículo propiedad del viajero; en tal caso se le asignará gastos para combustible y lubricantes por kilómetro recorrido en el viaje de ida y vuelta al precio del mercado vigente, reparaciones menores y estacionamiento.

Articulo 7.-

Prohibición de transportar particulares: EnlosvehículospropiedaddelMNP-CONAPREV asignados a misión oficial,queda terminantemente prohibido transportar durante el viaje, personas que no tengan vinculación con la institución, o con los órganos nacionales o internacionales que tienen competencia sobre los privados de libertad. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VIÁTICOS Y OTROS GASTOS DE VIAJE.

Articulo 8.-

Autorización: Todos los viajes serán autorizados mediante resolución con el voto afirmativo de U D I-D EG T-U N AH por lo menos uno de los miembros del MNP-CONAPREV cuya firma constará en la respectiva solicitud de viaje en el cual además se consignará el nombre y cargo que desempeña el viajero; el o los lugares a visitar, y los objetivos específicos o productos esperados de la misión.

Articulo 9.-

Cálculo y entrega anticipada de viáticos y gastos de viajes dentro del país: Solamente los Miembros del MNP-CONAPREV, autorizan viáticos y otros gastos de viaje, en misión oficial dentro y fuera del territorio de la República de Honduras a funcionarios o empleados del Mecanismo y Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura “MNP CONAPREV”.- La asignación será por día de 24 horas que el viajero permanezca fuera de su domicilio laboral y se hará conforme las especificaciones contenidas en el Artículo 5 del presente Reglamento.- En los viajes con duración igual o menor a la jornada laboral que se regrese el mismo día solamente se le asignará el (50 %) cincuenta por ciento de la tarifa diaria que le corresponde.- No se le autorizaran viáticos a quienes tengan pendiente la presentación de la liquidación del viaje anterior.

Articulo 10.-

Viáticos y gastos de viaje fuera de Honduras.- Los Miembros del MNP-CONAPREV que por razón de su cargo devienen obligados a participar en reuniones internacionales deberán gestionar los viáticos y otros gastos de viaje con los organizadores o patrocinadores de dichos eventos; con órganos de cooperación nacional o internacional, o con los patrocinadores de los proyectos en ejecución, siempre y cuando tengan contemplado en la subvención asignada fondos para tales actividades.

Articulo 11.-

Liquidación de viáticos y otros gastos de viaje.- Toda autorización de pago de viáticos y otros gastos de viaje será liquidada dentro del término de los cinco (5) días laborales subsiguientes a la fecha de regreso del viajero. Se presentará factura, recibos o comprobante contable del gasto solamente por el pago de hospedaje, presentación del informe de resultados de la misión y la Constancia de Gira de Trabajo; todos los demás gastos de viaje requiere presentar documentos de soporte del gasto, mediante recibos, facturas originales sin manchones extendidas por los proveedores de los servicios prestados.

Articulo 12.-

Devolución de anticipos por viajes no realizados o excedentes: Cuando se han recibido viáticos y otros gastos de viaje y el mismo por cualquier circunstancia no se realiza, quien recibió el anticipo deberá depositar a nombre del MNP-CONAPREV, el valor total a más tardar al día siguiente de la fecha que lo recibió. CAPÍTULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS, REFORMA Y VIGENCIA

Articulo 13.-

Prohibición: No se otorgarán viáticos ni gastos de viaje con fondos nacionales para participar en eventos o actividades realizadas en el exterior mientras exista tal prohibición en las Normas Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras. No obstante, los Funcionarios o empleados del MNP CONAPREV, que participen en eventos oficiales fuera del país debidamente justificado, con gastos del Estado, se limitar a a dos (2) participantes; en el entendido que no se autorizara ningún complemento de viatico o gastos de viaje, cuando la institución invita dora en el extranjero, proporcione los viáticos y gastos de viaje.

Articulo 14.-

Reforma y vigencia.- Este Reglamento podrá ser modificado en cualquier momento, con el propósito de mantenerlo actualizado, a la realidad económica fiscal del país y reformado mediante resolución con el voto afirmativo de por lo menos dos miembros del MNP-CONAPREV. El presente Reglamento entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta" y deja efecto el aprobado mediante Sesión Ordinaria 03-2018 celebrada el martes 13 de febrero del año 2018. ABOGADA GLENDA CAROLINA A Y A LA MEJÍA PRESIDENTA PRO TEMPORE ABOGADO ORLE ANÍBAL SOLÍS MERÁZ SECRETARIO PRO TEMPORE U D I-D EG T-U N AH ANEXO U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH 2 M. 2018. U D I-D EG T-U N AH Marcas de Fábrica