Licitación No. 10-2019 — Adendum No. 1 - Arrendamiento de Equipo de Impresión Multifuncional del Poder Judicial
Poder Judicial
- Decreto: 10-2019
- Publicación: 28 de noviembre de 2019
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 35,110
- Categoria: Administrativo
Texto completo
PODER JUDICIAL HONDURAS ADENDUM No. 1 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°: 11-2019 “CONSTRUCCIÓN DEL JUZGADO DE PAZ DEL MUNICIPIO DE LA VENTA, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN” El PODER JUDICIAL, comunica a todas las Empresas Constructoras, que retiraron el documento base para participar en este proceso; que pueden pasar por las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicadas en el segundo nivel del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones, en un horario de 7:30 A.M. a 4:00 P.M.; para retirar el CD que contiene toda la información del presente Adendum N° 1, por parte del Departamento de Obras Físicas del Poder Judicial: requerida 1. RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS: Se mantiene para el día viernes 06 de diciembre de 2019, a las 9:00 A.M., en el Salón de Sesiones del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Tegucigalpa, M.D.C. 2. También incluye, las respuestas a consultas realizadas por escrito por parte de las empresas participantes, durante el período de preguntas y respuestas. Se les recuerda que el presente Adendum, pasa a formar parte integra de los documentos contractuales, por lo que recomendamos prestar la atención que corresponde a la información incluida. Tegucigalpa, M.D.C., noviembre de 2019. UNIDAD DE LICITACIONES 28 N. 2019. _____ PODER JUDICIAL HONDURAS ADENDUM No. 1 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°: 10-2019 “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE IMPRESIÓN MULTIFUNCIONAL DEL PODER JUDICIAL” El PODER JUDICIAL, comunica a todas las Empresas que retiraron el documento base para participar en este proceso; que pueden pasar por las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicadas en el segundo nivel del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones, en un horario de 7:30 A.M. a 4:00 P.M.; para retirar la documentación que contiene toda la información del presente Adendum N° 1, por parte de la Dirección de Infotecnología del Poder Judicial: 1. RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS: Se mantiene para el día viernes 13 de diciembre de 2019, a las 9.00 A.M., en el Salón de Sesiones del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Tegucigalpa, M.D.C. 2. También incluye, las respuestas a consultas realizadas por escrito por parte de las empresas participantes, durante el período de preguntas y respuestas. Se les recuerda que el presente Adendum, pasa a formar parte íntegra de los documentos contractuales, por lo que recomendamos prestar la atención que corresponde a la información incluida. Tegucigalpa, M.D.C., noviembre de 2019. UNIDAD DE LICITACIONES 28 N. 2019. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de octubre del dos mil diecinueve (2019), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Ruth Etelvina Rico Canales, en su condición de Representante Procesal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fraternidad Pespírense Limitada, con orden de ingreso No. 0801-2019-00379, contra el Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CONSUCOOP), incoando demanda de orden declarativa que deberá ser sustanciada por el tramite ordinario, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Junta Directiva del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CONSUCOOP), por infringir las normas que contienen las reglas especiales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.- De igual manera de forma eventual, en caso de no proceder este motivo de nulidad de dicho acto administrativo, se solicita la nulidad del mismo acto administrativo por haber sido dictado violentando el ordenamiento jurídico por exceso de poder por alteración de los hechos al no resolverse todas las cuestiones que se le plantear on en el recurso interpuesto, tal como si lo determina el artículo 135 de la ley de procedimiento administrativo, en intima relación con el artículo 35 de la misma normativa.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del demandante.- Como ser la declaratoria de existencia y procedencia de las causas que motivaron la expulsión de un afiliado de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fraternidad Pespírense Limitada; adoptándose para ello todas y cada una de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de dicha situación jurídica adoptada a través de un debido proceso disciplinario sancionador conforme a los estatutos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fraternidad Pespírense Limitada, así como a la Ley, de Cooperativas y su respectivo reglamento.- Poder.- Se acompañan documentos que sustentan el petitorio.- Que se condene en costas a la parte demandada.- Va en relación a la Resolución J.D. No. 002-18-07-2019 de fecha 18 de julio del año 2019, emitida por la Junta Directiva del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CON SU CO O O). LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 28 N. 2019.