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25 de enero de 2020Vigente

Licitación No. PRE-EC-001/2020 — Invitación a firmas constructoras y contratistas individuales para precalificación

Alcaldía Municipal de Utila

  • Decreto: PRE-EC-001/2020
  • Publicación: 25 de enero de 2020
  • Órgano emisor: Alcaldía Municipal de Utila
  • Gaceta: 35,158
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

AVISO DE PRECALIFICACIÓN Alcaldía Municipal de Utila PRE-EC-001/2020 INVITACIÓN A FIRMAS CONSTRUCTORAS Y CONTRATISTAS INDIVIDUALES La Alcaldía Municipal de Utila, Islas de la Bahía, invita a todas las firmas constructoras y contratistas individuales a participar en el proceso de precalificación de empresas para la ejecución de proyectos infraestructura vial, edificación en general, edificación médico-hospitalaria, obras hidráulicas, intervenciones menores. Las empresas interesadas de participar en el proceso, deberán notificar por escrito su interés a la siguiente dirección de correo electrónico municipalidad utila@,yahoo.com, los términos de referencia para esta precalificación podrán ser descargados en el sitio web www. honducompras.gob.hn o ser retirados en las oficinas de la Alcaldía Municipal de Utila, o bien solicitarlos a la dirección de correo electrónico antes mencionada junto con la nota de expresión de interés desde el 20 de enero de 2020. Las empresas precalificadas con la Municipalidad de Utila en el año 2019 sólo deberán actualizar su información de documentos vigentes a la fecha de presentación. Los interesados deberán presentar su información de precalificación el día 20 de febrero de 2020, hora 3:00 P.M., en las oficinas administrativas de la Alcaldía Municipal de Utila, edifico de dos plantas contiguo a muelle municipal, Utila, departamento de Islas de la Bahía, Honduras. Para Consultas o Aclaraciones llamar al Tel. 2425-3615 o a la siguiente dirección de correo electrónico: municipalidad utila@yahoo.com MR. TROY DONAHUE BODDEN ALCALDE MUNICIPAL 25 E. 2020. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 27 de junio del año 2016, el Abogado Fredin Fúnez en su condición de representante procesal del señor José Armando Carcamo, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2016- 00316, contra el Instituto de la Propiedad, incoando demanda para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, por haberse emitido con infracción del ordenamiento jurídico, en especial violación al debido proceso administrativo y derecho de defensa, además de exceso de poder y desviación de poder, por consiguiente que se decrete su nulidad. Se alega notificación defectuosa para efecto de presentación de la demanda. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el pago de la totalidad de prestaciones laborales, más los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios con sus respectivos incrementos y demás derechos o beneficios dejados de percibir en ausencia, como décimo tercer y décimo cuarto salario, pago de vacaciones doblemente renumeradas y demás derechos que ocurran durante la secuela del juicio, desde la fecha de la separación injusta e ilegal, hasta la fecha que con arreglo se ejecute la sentencia. Costas del juicio. Se acompañan documentos. En relación al acuerdo SE-IP-016-2016 de fecha veintinueve de enero del año dos mil dieciséis, emitido por el Instituto de la Propiedad. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 25 E. 2020. _____ CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE y DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número013-2020de fecha10de enero del año2020, mediante Carta de Representación y Distribución de fecha 18 de octubre del año 2019, que LITERALMENTE DICE: La infrascrita, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil PHARMACEUTICAS UNIDAS, SOCIEDAD ANÓNIMA (PHARMACEUTICAS UNIDAS, S. A.), como REPRESENTANTE y DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, de la Empresa Concedente CABOT NORIT NEDERLAND, B. V., de nacionalidad holandesa, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA, encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a 1os dieciséis días del mes de enero del año dos mil veinte. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General. 25 E. 2020.