Decreto Legislativo No. 35-2019 — Traslado del período de receso de sesiones ordinarias del Congreso Nacional
Congreso Nacional
- Decreto: 35-2019
- Publicación: 29 de abril de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 34,931
Considerandos
Que de conformidad con el Artículo 189 de la Constitución de la República las sesiones podrán prorrogarse por el tiempo que fuere necesario por resolución del Congreso Nacional, a iniciativa de uno o más de sus miembros o a solicitud del Poder Ejecutivo.
Que se impone la necesidad de alternar el período de receso del Congreso Nacional, excepcionalmente, para el estudio y aprobación de varios decretos de interés general para el país.
Que de acuerdo al Artículo 55 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el período de receso de sesiones del Congreso Nacional es desde el 1 de mayo al 31 de mayo de cada año.
Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Trasladar el período del receso de las Sesiones Ordinarias del Congreso Nacional, establecidas en el Artículo 55 párrafo segundo del Decreto No.363-2013 de fecha 20 de enero de 2014, que contiene la Ley Orgánica del Poder Legislativo, que deben ser del 1 al 31 de mayo, al período del 10 de junio al 8 de julio; debiendo reiniciar sus Sesiones Ordinarias el 9 de Julio del presente año.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diez días del mes de abril de dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO WILMER RAYNEL NEAL VELASQUEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 19 de abril de 2019 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA U D I-D EG T-U N AH CERTIFICACIÓN El infrascrito,Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La