Decreto Legislativo No. 230-2024 — Tramitación de Modificaciones Presupuestarias mediante FMP-05
Resumen
Este decreto establece que todas las modificaciones presupuestarias en Honduras deben tramitarse usando el formulario FMP-05 del sistema SIAFI, con el mismo valor legal que una resolución oficial. Excepto para cambios de salarios y estructura de puestos, que requieren resolución adicional de la Dirección de Presupuesto. Las instituciones públicas deben presentar solicitudes de forma electrónica y física a Finanzas.
Articulos
Articulo 230
Las Modificaciones Presupuestarias se tramitarán en todos los casos mediante el FMP-05 “Documento de Modificación Presupuestaria” generado por el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), el cual tendrá el mismo efecto de una Resolución Interna o de un Dictamen emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Únicamente para Modificaciones P r e s u p u e s t a r i a s d e s a l a r i o s , modificaciones de estructuras de puestos en la Administración Central, operaciones relacionadas con la institución Servicios Financieros de la Administración Central (449) y la Incorporación de recursos SecciónAAcuerdos y Leyes del Tesoro Nacional (Fuente 11) en la Administración Central, se elaborará Resolución Interna a través de la Dirección General de Presupuesto. Todo documento de solicitud de modificación presupuestaria remitido por las instituciones públicas debe ingresar oficialmente de forma electrónica y física a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), dirigido a la máxima autoridad. El Reglamento de esta Ley establecerá los requisitos que deben cumplir las solicitudes ingresadas y el procedimiento interno a seguir.