VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 253-2024 | La Gaceta No. 36,437

Decreto Legislativo No. 253-2024 — Seguimiento y evaluación del POA y Presupuesto

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Esta ley obliga a todas las instituciones de gobierno a registrar mensualmente su gasto y avance de planes en un sistema financiero central (SIAFI), y enviar reportes trimestrales a Finanzas dentro de 15 días. Finanzas debe publicar estos informes en su sitio web y enviarlos al Congreso, la Corte de Cuentas y otras entidades para que el público pueda supervisar cómo se ejecutan los presupuestos públicos.

Articulos

Articulo 253

El seguimiento y evaluación del Plan Operativo Anual (POA) y Presupuesto lo efectuarán las instituciones de Gobierno, de acuerdo con las Normas Técnicas y Manuales de Procedimiento de los Subsistemas de Presupuesto, Tesorería, Contabilidad, Crédito Público e Inversión Pública, aprobadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Con base en la información registrada en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), el seguimiento y evaluación de la información financiera, se registrará a más tardar el último día de cada mes y de la información física, los primeros cinco (5) días hábiles después de finalizado el mes. Las instituciones del Gobierno Central, Desconcentradas y Descentralizadas, deben remitir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente de finalizado el trimestre, un informe en formato digital con la ejecución física y financiera del Plan Operativo Anual y del Presupuesto, que también debe estar disponible en los sitios WEB de cada Institución. Asimismo, las instituciones deben tener en consideración la información contenida en el Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras (SNIPH); Sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH); Sistema de Registro de Empleados Públicos (SIREP); Sistema de Administración Docente (SAD); y Sistema de Gestión y Administración de la Deuda (SIGADE), para la realización de su autoevaluación. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) remitirá al Presidente del Congreso y las bancadas legislativas a través de la Secretaria General y a más tardar quince (15) días hábiles después de recibida la información por parte de las instituciones; el informe trimestral que SecciónAAcuerdos y Leyes contiene el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria institucional, en formato digital e impreso. Igual remisión se hará a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE); Tribunal Superior de Cuentas (TSC), Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) y a la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER). La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) también publicará los informes en su Portal WEB, WWW. sefin.gob.hn.

Leyes relacionadas