Decreto Legislativo No. 258-2024 — Seguimiento de sueldos y salarios en Administración Descentralizada
Resumen
Esta ley obliga a los directivos de instituciones públicas descentralizadas a enviar mensualmente a Finanzas un listado completo de su personal con salarios, dentro de 10 días después de terminar cada mes. Esto permite al gobierno supervisar y controlar los gastos de nómina en estas organizaciones públicas.
Articulos
Articulo 258
Para efectuar el seguimiento y monitoreo de los sueldos y salarios, de los empleados y funcionarios de las Instituciones de la Administración Descentralizada y los Entes Desconcentrados, la autoridad superior debe enviar a la Dirección General de Presupuesto y a la Dirección General de Instituciones Descentralizadas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la planilla de recursos humanos completa, conteniendo la descripción del personal permanente, de confianza, temporal (contrato) y por jornal, dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento de cada mes.