Decreto Legislativo No. 232-2024 — Revisión de ejecución presupuestaria e identificación de traslados de espacio presupuestario
Resumen
Las instituciones públicas deben revisar su ejecución presupuestaria e identificar traslados de fondos internos según prioridades, solicitando a SEFIN modificaciones presupuestarias. SEFIN analiza estas solicitudes y redistribuye el dinero entre instituciones sin cambiar el presupuesto total, excepto para proyectos de inversión pública ya aprobados por el Congreso.
Articulos
Articulo 232
Con el fin de hacer un uso efectivo de los fondos externos provenientes de Préstamos, las instituciones públicas deben revisar a lo interno de su presupuesto el nivel de ejecución e identificarán con base en la priorización, los traslados de espacio presupuestario requeridos, debiendo remitir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la solicitud de modificación presupuestaria. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), realizará los análisis correspondientes acorde a las metas de política fiscal definidas para el presente Ejercicio Fiscal e identificará el Espacio Presupuestario en la institución que lo requiera y lo disminuirá de otra, sea de la Administración Central o Descentralizada, manteniendo el monto total del Presupuesto Aprobado por el Congreso Nacional para el Sector Público, mediante el Formulario (FMP- 05) “Documento de Modificación Presupuestaria”, generado por el SIAFI con base en la Nota Técnica que emita el Comité de Incorporaciones Presupuestarias de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), creado en el Artículo 182 de esta ley. La búsqueda de espacio presupuestario no aplica en los casos que la incorporación de fondos externos esté relacionada con aplicaciones financieras y proyectos de inversión pública aprobados por el Poder Legislativo.
Articulo 233
S i e m p r e q u e l a M o d i f i c a c i ó n Presupuestaria afecte el Plan Operativo Anual, la información del Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI); la Programación de Gasto Mensual (PGM), la Cuota de Gasto Trimestral (CGT) o el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC), el o los documentos deben ser readecuados. En el caso de las modificaciones al Plan Operativo Anual (POA) para la creación de nuevos programas y productos, y ajustes al Plan Estratégico Institucional (PEI), estos deben contar SecciónAAcuerdos y Leyes con la validación mediante Dictamen Técnico emitido por la Secretaría de Planificación Estratégica.