Decreto Legislativo No. 251-2024 — Responsabilidades de Secretaría de Planificación Estratégica
Resumen
Esta ley designa a la Secretaría de Planificación Estratégica como responsable de ayudar y revisar los planes de todas las instituciones públicas del Ejecutivo. Todas las secretarías e instituciones autónomas deben crear o actualizar sus planes alineados con el Plan de Gobierno Bicentenario y enviarlos para aprobación antes del 30 de abril de 2024.
Articulos
Articulo 251
La Secretaría de Planificación Estratégica (SPE), es la encargada de brindar asistencia técnica sobre la Planificación Estratégica Institucional a todas las instituciones del Poder Ejecutivo, y de realizar la validación de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y de los Planes Operativos Anuales (POA), mediante Dictamen emitido por la Dirección de Planificación Institucional de esa Secretaría de Estado. La Secretaría de Planificación Estratégica (SPE), emitirá los instrumentos correspondientes para dar las directrices necesarias a las instituciones en materia de Planificación. Todas las Secretarías de Estado, Instituciones Autónomas y Órganos o Entidades Desconcentradas deben elaborar y actualizar su Plan Estratégico Institucional (PEI) alineado con las Prioridades del Plan de Gobierno Bicentenario; y remitirlo a la Secretaría de Planificación Estratégica (SPE) para su revisión y validación antes del 30 de Abril de 2024.