Decreto Legislativo No. 243-2024 — Requisitos para ampliación de plazo de proyectos
Resumen
Esta ley establece los requisitos que deben cumplir las instituciones públicas para solicitar ampliar el plazo de ejecución de proyectos de inversión. Exigen documentos como análisis de escenarios, informe de avance, reprogramación de actividades y demostrar que al menos el 75% de los recursos están comprometidos, con gastos administrativos no mayores al 10%. La solicitud debe presentarse con 3 meses de anticipación.
Articulos
Articulo 243
Previo a la emisión del Dictamen referido a la ampliación de plazo de cierre de ejecución y período de desembolsos de proyectos, indistintamente de la fuente de financiamiento, es requisito obligatorio para la institución solicitante, presentar ante la Dirección General de Inversiones Públicas (DGIP) lo siguiente: 1) Análisis por parte de la Unidad Ejecutora mostrando los Escenarios con ampliación del proyecto, (Tiempos: Máximo, Medio y Mínimo) y Escenario sin la ampliación del proyecto; 2) Informe de ejecución física y financiera acumulada del proyecto; 3) Reprogramación de las actividades que incluyen los costos por actividad, debiendo en la etapa de cierre del proyecto contemplar únicamente personal administrativo y contable; 4) Demostrar que el gasto administrativo no exceda el diez (10%) respecto al total de la inversión; 5) Contar con el setenta y cinco (75.%) de los recursos comprometidos (independientemente de la Fuente de Financiamiento) según contrato suscrito del monto total del proyecto. Se podrá considerar como parte del compromiso las acciones que las Unidades Ejecutoras realicen para avanzar los procesos de adquisición hasta la etapa de adjudicación; sujeto a la firma de contratos hasta contar con la ampliación de plazo aprobada y la no objeción del organismo financiero. Podrá considerarse un porcentaje menor de compromiso, para aquellos programas y/o proyectos q u e r e p o r t e n u n a e j e c u c i ó n presupuestaria al menos el Setenta y Cinco (75%) en el ejercicio fiscal 2023; y, 6) Justificación razonada de la solicitud de ampliación de plazo. La solicitud de ampliación de plazo deberá presentarse a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), con tres (3) meses de anticipación a la fecha límite de desembolso.