VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 240-2024 | La Gaceta No. 36,437

Decreto Legislativo No. 240-2024 — Registro de readecuaciones en SIAFI y PACC

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Resumen

Las instituciones públicas hondureñas deben registrar en el sistema SIAFI los cambios a su plan operativo anual dentro de 30 días, validados por Planificación Estratégica. También deben ajustar sus planes de compras (PACC) con aprobación previa de la Secretaría de Transparencia para garantizar el uso correcto de recursos presupuestarios.

Articulos

Articulo 240

Todas las Secretarías de Estado, Instituciones Desconcentradas y Descentralizadas, deben registrar en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) las readecuaciones a su Plan Operativo Anual (POA) a partir de la apertura del sistema y concluir con las mismas en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, después de la apertura del sistema. La readecuación del POA será validada por SecciónAAcuerdos y Leyes la Secretaría de Planificación Estratégica para asegurar su consistencia con las matrices de cadena de valor aprobadas en la Formulación. E l P l a n A n u a l d e C o m p r a s y Contrataciones (PACC) debe adecuarse, como requisito previo para la asignación de la cuota de recursos externos y la contraparte nacional. Las readecuaciones al PACC deben contar con la autorización previa de la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción a través de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (ONCAE), como rector en materia de compras y contrataciones del Estado. En el caso de los programas y proyectos financiados con fondos externos, deben realizar los traslados presupuestarios entre proyectos a lo interno de la institución, de acuerdo con la programación de ejecución, así como las readecuaciones al Plan Operativo Anual (POA) y los registros en el módulo de UEPEX del SIAFI, para el seguimiento financiero, durante el mismo período de tiempo establecido. Modificaciones de Programas y Proyectos

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