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5 de enero de 2024Vigente

Decreto Legislativo No. 107-2024 — Participación en Concursos y Licitaciones Privadas

  • Decreto: 107-2024
  • Publicación: 5 de enero de 2024
  • Gaceta: 36,437
  • Categoria: Mercantil

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley obliga a que en licitaciones privadas cualquier persona interesada pueda participar solicitándolo por escrito o por internet. Las empresas contratantes deben entregarles la invitación, las bases y documentos relacionados, dejando constancia de todo. Si hay requisitos previos de calificación, solo participan los pre-aprobados.

Articulos

Articulo 107.-

En los Concursos y Licitaciones Privadas una vez publicada la invitación, se debe permitir la participación de los posibles oferentes que lo soliciten por escrito en físico o por medios virtuales, debiendo proveérsele una invitación, los pliegos de condiciones y cualquier otro documento relativo a la misma de lo que se dejará constancia en el expediente de contratación. En aquellos casos en los cuales existen requisitos de precalificación, se debe permitir la participación de los posibles oferentes que hayan sido precalificados por el órgano responsable de la contratación.