Decreto Legislativo No. 238-2024 — Modificaciones presupuestarias en Secretaría de Salud
Resumen
Esta ley autoriza al Ministerio de Salud a reasignar presupuesto entre hospitales y centros de salud del primer nivel de atención (regiones departamentales) para optimizar recursos. Permite disminuir fondos a gestores que terminen sus servicios o convenios, trasladando esos recursos a otras unidades de salud que los necesiten.
Articulos
Articulo 238
Con el objetivo de garantizar y optimizar los recursos asignados a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) para pago de transferencias a gestores de servicio de salud Descentralizados, se autoriza realizar modificaciones presupuestarias de un beneficiario de transferencia a otro, única y exclusivamente en el primer nivel de atención (regiones departamentales). La transferencia de un beneficiario (Gestor del Primer y Segundo Nivel de Atención), se podrá disminuir, en los casos que se rescinda la prestación de servicios con la SESAL o se derogue el convenio, para trasladar los recursos a los objetos del gasto y Unidades Ejecutoras que correspondan.