Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
27 de septiembre de 2017Vigente

Decreto Legislativo No. 95-2017 — Modificación presupuestaria interna a SEDIS-SSIS-PRAF y Registro Nacional de las Personas

Congreso Nacional

  • Decreto: 95-2017
  • Publicación: 27 de septiembre de 2017
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,453

Considerandos

Que la Subsecretaría de Estado en el Despacho de Integración Social, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS), es el ente responsable de dirigir y coordinar las acciones en materia de integración y protección social, le corresponde lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas, en materia de Desarrollo e Inclusión Social, de contribuir a la reducción de la pobreza; así como la administración de los programas, proyectos que se derivan de esa política y los que vayan dirigidos a grupos vulnerables y los orientados a la niñez, juventud, pueblos indígenas y afrohondureños, discapacitados y personas con necesidades especiales y adultos mayores.

Que la protección de la salud es un derecho de los hondureños y que es deber de todos la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad; siendo obligación del Gobierno de la República, tomar todas las medidas que permitan brindar dichos servicios de salud en todo el territorio nacional.

Que el Registro Nacional de las Personas (RNP) es la institución que tiene a cargo el registro de todos los hechos y actos relativos al estado civil de las personas naturales, desde su nacimiento hasta su muerte, así como, la emisión de documentos de identificación y los medios necesarios para su participación en la vida ciudadana y social del país.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional la potestad de: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para realizar la modificación presupuestaria interna a la Subsecretaría de Estado en el Despacho de Integración Social SEDIS-SSIS-PRAF, en las Estructuras Presupuestarias siguientes, sin aumentar el techo presupuestario del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2017 y de dicha institución: U D I-D EG T-U N AH AUMENTAR U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH

Articulo 2.-

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para realizar la modificación presupuestaria in- terna en la institución 60, en las Estructuras Presupuestarias siguientes, sin aumentar el techo presupuestario del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2017 y de dicha institución: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH

Articulo 3.-

Aprobar la modificación presupuestaria necesaria en el PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2017, para el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RNP) por la cantidad de CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO LEMPIRAS (L.46,849,328.00), para el pago de salarios, según cuadro adjunto.

Articulo 4.-

No obstante, a la prohibición descrita en la LEY DE FORTALECIMIENTO DE LOS INGRESOS, EQUIDAD SOCIAL Y RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO, Decreto No.17-2010, Artículo 59, se autoriza al REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RNP) para que pueda llevar a cabo el arrendamiento de vehículos automotores 4X4, durante el tiempo que dure la brigada de entrega de las identidades, previo al proceso electoral a realizarse el 26 de Noviembre del 2017.

Articulo 5.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, en el Centro de Convenciones del Hotel Jicaral, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese U D I-D EG T-U N AH Poder Legislativo decreto no. 103-2017