Decreto Legislativo No. 134-2019 — Incluir partida presupuestaria a favor del Ministerio Cristiano Casa Hogar (C.E.A.D.) en el Presupuesto Fiscal 2020
Congreso Nacional
- Decreto: 134-2019
- Publicación: 26 de diciembre de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,133
Considerandos
Que el Ministerio Cristiano Casa Hogar (C.E.A.D.) con Personería Jurídica No.1039-2008, organización de carácter social humanitario, sin fines de lucro, fue creado con el fin de restaurar vidas de aquellos niños y niñas que se encuentran en vulnerabilidad social por abandono, extrema pobreza, violencia física, sexual y psicológica.
Que actualmente la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas mediante el Sistema de Administración Financiera Integrado (SIAFI) eroga fondos para el funcionamiento del Ministerio Cristiano Casa Hogar (CEAD), sin embargo, esta cantidad ya no es suficiente para sufragar los gastos operativos de dicha organización, por lo cual se hace necesario aumentar dicho fondo a una cantidad más acorde con la realidad nacional.
Que el Congreso Nacional posee la atribución constitucional de aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Incluir en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2020, una partida presupuestaria por la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL LEMPIRAS (L.1.500,000.00) a favor del MINISTERIO CRISTIANO CASA HOGAR (C.E.A.D.), que serán utilizados exclusivamente en gastos de funcionamiento de dicho Centro, creado con el fin de restaurar vidas de aquellos niños y niñas que se encuentran en vulnerabilidad social por abandono, extrema pobreza, malos tratos, violencia física, sexual y psicológica.
Los fondos aprobados en el Artículo precedente estarán sujetos a las auditorías por los entes contralores correspondientes, para asegurar la transparencia en el uso de los recursos financieros asignados.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre del dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Por Tanto: Publíquese. U D I-D EG T-U N AH Poder Legislativo