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23 de septiembre de 2026Vigente

Decreto Legislativo No. 183-2026 — Exoneración de tributos para importación de computadoras portátiles donadas a Fundación Amigos de Guarderías Infantiles

Congreso Nacional

  • Decreto: 183-2026
  • Publicación: 23 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 37,253

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto exonera a la Fundación Amigos de Guarderías Infantiles del pago de todos los impuestos y aranceles aduaneros para importar 100 computadoras portátiles donadas por el Banco Interamericano de Desarrollo. Beneficia a la fundación, que usa estas computadoras en programas de cuidado infantil sin fines comerciales, facilitando que lleguen sin costos tributarios adicionales.

Considerandos

Que el Artículo 17 del Código Tributario, contenido en el Decreto No.170-2016, establece que la exoneración es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria o aduanera aprobada por el Congreso Nacional, cuya tramitación individual corresponde al Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).

Que las organizaciones sin fines de lucro que desarrollan programas sociales en favor de la niñez cumplen una función de interés público, al contribuir con espacios de cuidado, atención, acompañamiento y apoyo institucional para niñas y niños atendidos por guarderías infantiles y salas cunas.

Que mediante Certificado de Donación emitido en Washington, D.C., en fecha 10 de Junio de 2026, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hizo constar la donación a favor de la FUNDACIÓN AMIGOS DE GUARDERÍAS INFANTILES de cien (100) computadoras portátiles usadas, marca Dell, modelo Latitude 7410, identificadas individualmente mediante los números de serie incorporados como parte integral de dicho documento.

Que conforme al referido Certificado de Donación, los equipos serán entregados en condición “tal como están” (“as-is”) sin garantía de ningún tipo; que la donación se realiza sin fines comerciales, no genera contraprestación económica alguna y carece de valor comercial para efectos de transporte y trámites aduaneros, por lo que resulta procedente facilitar su importación, internación, despacho aduanero, nacionalización, liberación, recepción y entrega mediante la exoneración correspondiente.

Que de conformidad con los artículos 205 Atribución 19) y 351 de la Constitución de la República ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ´ ͂ de Honduras, corresponde al Congreso Nacional como conocer los asuntos que involucren exenciones, incentivos y concesiones fiscales, debiendo toda exoneración sujetarse al principio de legalidad e identificar expresamente el beneficiario, los bienes comprendidos, los tributos dispensados y la finalidad que la justifica.

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Exonerar y autorizar a favor de la F U N D A C I Ó N A M I G O S D E GUARDERÍAS INFANTILES Y SALAS CUNAS DE SAN PEDRO SULA, RTN No.0501900377887, identificada en la documentación de donación como FUNDACIÓN AMIGOS DE GUARDERÍAS INFANTILES, el pago del Impuesto Sobre Venta, derechos arancelarios, tasas, sobretasas, cargos, recargos, gravámenes aduaneros, impuestos de importación y demás tributos aplicables a la importación, internación, tránsito, despacho, nacionalización, liberación, recepción y entrega de los bienes donados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), inicialmente consistentes en cien (100) computadoras portátiles usadas, marca Dell, modelo Latitude 7410, cuyos números de serie constan en el Certificado de Donación de fecha 10 de Junio de 2026, incluyendo cargadores, adaptadores, accesorios, componentes, periféricos, empaques y demás elementos complementarios, conexos, adicionales, sustitutos o necesarios para su recepción, traslado, funcionamiento y uso institucional.

Articulo 2.-

Los bienes se reciben en condición “tal como están” (“as-is”), sin garantía, fines comerciales ni contraprestación económica, y sin valor comercial para efectos de transporte y trámites aduaneros, sin perjuicio de los valores referenciales que correspondan para registro, control o estadística aduanera. Asimismo, quedan comprendidas las ampliaciones, adiciones, sustituciones, reposiciones o ajustes acreditados mediante documentación válida incorporada al expediente administrativo.

Articulo 3.-

Se Ordena a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a la Dirección General de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras, a la Administración Aduanera de Honduras, al Servicio de Administración de Rentas (SAR) y demás autoridades competentes, que, en el ámbito de sus atribuciones, emitan las resoluciones, registros, autorizaciones, dispensas, liberaciones y demás actuaciones necesarias para hacer efectiva la exoneración otorgada mediante el presente Decreto, atendiendo la identidad sustancial de la donación, su beneficiaria y carácter no comercial, sin que diferencias formales impidan su aplicación cuando se acredite que los bienes corresponden a la donación autorizada.

Articulo 4.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO ARIANA MELISSA BANEGAS CÁRCAMO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 2 de septiembre de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

Notas

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