Decreto Legislativo No. 100-2024 — Exoneración a la Corporación Municipal de Marcovia, Choluteca de impuestos para adquisición de vehículos
Congreso Nacional
- Decreto: 100-2024
- Publicación: 27 de enero de 2025
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 36,750
Considerandos
Que es deber del Estado promover el desarrollo económico y social de las comunidades y su población, procurando crear competencias en sus gobiernos municipales a través de los Programas de Desarrollo Nacional; tal como lo establece el Artículo 299 de la Constitución de la República.
Que el Municipio de Marcovia, departamento de Choluteca, es el segundo en cuanto a la dimensión de sus actividades económicas en el departamento de Choluteca, presentando un esquema de actividades agroindustriales como el cultivo de la caña y la producción de azúcar y procesamiento del camarón, de frutas y legumbres; cuenta con producción agropecuaria de ganado vacuno, porcino y avicultura, mediante un sistema de haciendas y fincas intermedias en las que agrega el cultivo de granos básicos y la pesca artesanal en el Golfo de Fonseca. En la actividad económica también se incluye la circulación de turistas en varios sitios costeros que ayuda a incrementar la actividad mercantil y el desarrollo económico.
Que es necesario apoyar iniciativas municipales, ya que son para el bien común, el desarrollo de los municipios y la autonomía local para dar respuesta oportuna a las necesidades de sus habitantes. En tal sentido, la Ley de Municipalidades, contenida en el Decreto No.134-90 del 29 de Octubre de 1990, atribuye a las municipalidades el control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, su mantenimiento y administración.
Que la oficina de Auditoría Municipal de la Corporación Municipal del departamento de Choluteca, mediante nota hizo recomendación a la Municipalidad para que procure la adquisición de nuevo equipo de transporte para servicio de la Municipalidad, libres de todo tipo de impuestos.
Que la exoneración establecida en este Decreto busca promover la autonomía de la Municipalidad, permitiéndole contar con el equipo de transporte necesario para regular y supervisar las actividades en beneficio del Municipio, permitiendo el flujo de la actividad económica en cada una de las comunidades del Municipio de Marcovia, departamento de Choluteca, en pro de ejercer las acciones que fomenten las políticas públicas que contribuyan al desarrollo humano y bienestar de su población local; así como al desarrollo económico y social de manera integral, en el cual los servicios públicos y sobre todo de acceso a la salud que ofrecen las mismas, son esenciales para el desarrollo y el bien común de sus habitantes.
Que el Artículo 17 del Código Tributario, emitido mediante el Decreto No.170-2016 del 15 de Diciembre de 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 28 de Diciembre de 2016, establece que la Exoneración es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria o aduanera aprobada por el Congreso Nacional, cuya tramitación individualmente corresponde al Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).
Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Exonerar a la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, del pago del Impuesto Sobre Venta (I.S.V.), tasas, sobretasas, impuestos arancelarios, aduaneros, derechos arancelarios y gravámenes de importación aplicables en todo el territorio nacional para la introducción y compra directa de un (1) vehículo Automotor y cuatro (4) motocicletas todo terreno; equipo de transporte con las características siguientes: - 4 - 1) Cotización de Corporación Flores No. 00098426, sobre 1 Vehículo Automotor: ELEMENTOS DESCRIPCIÓN Marca Toyota Modelo Hilux 2.4 DC 4x4 Año 2024 Motor 2DG-FTV Pasajeros 5 personas Cilindraje 2400 Combustible Diesel Transmisión Manual 6 velocidades Torque 400 Nm Potencia (HP) 147.50 HP OTRAS ESPECIFICACIONES Rueda 265/65R17 Rin de aluminio todo terreno Diferencial con desconexión automática Diferencial trasero con bloque electrónico Cierre centralizado con control en llave Sistema Inmovilizador de motor 7 bolsas de aire C+P+ rodilla conductor+cortina+lateral Aire acondicionado manual Suspensión delantera doble horquilla, resorte y amortiguador Suspensión trasera de hojas de resortes Sistema de selección de 4X4 con perilla Frenos ABS+HAC+TSC+VSC Sistema de control de luces + Follow Me Home Costo $41,900.00
El vehículo y las motocicletas descritas en el Artículo 1 de este Decreto, deben ser adquiridos de acuerdo con los procedimientos administrativos establecidos por la Autoridad e Institucionalidad que corresponda del Estado de Honduras, siendo responsable de su mantenimiento, uso y cuidado respectivo, la Corporación Municipal de Marcovia, Choluteca como beneficiada.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE - 5 - 2) Cotización de Ultra motor No. 4651627, sobre 4 motocicletas todo terreno: ELEMENTOS DESCRIPCIÓN 4 vehículos Tipo Motocicletas todo terreno Estado Nuevas Marca Yamaha C.C. 125 cm3 Color Blanco Combustible Gasolina HP 10.00 HP Modelo XTZ-125E F3RULRNML000 Casco F3R ultra solido negro mate VR1 L Precio Unitario L.49,601.16 Costo total L.234,165.40
El vehículo y las motocicletas descritas en el Artículo 1 de este Decreto, deben ser adquiridos de acuerdo con los procedimientos administrativos establecidos por la Autoridad e Institucionalidad que corresponda del Estado de Honduras, siendo responsable de su mantenimiento, uso y cuidado respectivo, la Corporación Municipal de Marcovia, Choluteca como beneficiada.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de octubre de 2024. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS