Decreto Legislativo No. 81-2024 — División de plazas de docentes en el Sector Magisterial
Resumen
Esta ley permite dividir plazas de docentes que quedan vacantes por jubilación, muerte o renuncia. El objetivo es contratar nuevos maestros o aumentar las horas de trabajo de docentes que laboran menos de 36 horas semanales, asegurando que más maestros tengan empleo completo y estén enseñando en las aulas.
Articulos
Articulo 81
En el Sector Magisterial (docente) se permitirá la división de plazas de docentes, originadas por jubilaciones, defunciones, renuncias, cancelaciones y destitución por sentencia firme con el propósito de: contratar a un docente con sueldo base o complementar horas clases de un docente que tengan menos de treinta y seis (36) horas a la semana para que sustituya al docente que está dejando libre la plaza y con la diferencia de sueldo complementar horas clases de docente que tengan menos de treinta y seis (36) horas a la semana y que estén estrictamente frente a alumnos.