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22 de enero de 2019Vigente

Decreto Legislativo No. 191-2018 — Derogación del Artículo 191 del Decreto 180-2018 sobre solvencia municipal

Congreso Nacional

  • Decreto: 191-2018
  • Publicación: 22 de enero de 2019
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,851

Considerandos

Que la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como eje trascendental del motor económico del país, debe estimularse para su regularización y formalización, de tal manera que contribuya al fortalecimiento económico de la nación, a la generación de nuevos y mejores empleos y al aporte tributario.

Que este Congreso Nacional aprobó el Decreto No.145-2018 de fecha 7 de noviembre de 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el 23 de noviembre de 2018, contentivo de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña U D I-D EG T-U N AH Empresa, con el objeto de impulsar a la micro y pequeña empresa por medio de incentivos que promuevan el crecimiento económico, a través de la generación de nuevas oportunidades de empleo, el bienestar, desarrollo y realización de la persona humana, así como una oportunidad para ratificar la capacidad de emprendimiento y determinación de los hondureños.

Que el 20 de diciembre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el Decreto No.180- 2018 de fecha 13 de diciembre de 2018, contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2019, el cual, en su Artículo 191 de las Disposiciones Generales, establece que todo contribuyente debe presentar su solvencia municipal para efectos de trámites del sistema financiero, así como para el registro de producción y bienes inmuebles.

Que esta disposición contenida en el Artículo 191 del Decreto No.180-2018, obstaculiza el cumplimiento y aplicación de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, en su propósito de simplificar los trámites previos a la creación y registro de sus empresas, así como la obtención de créditos con el Sistema Financiero Nacional, tanto para los nuevos emprendimientos como para las empresas ya existentes.

Que es necesario garantizar la aplicabilidad de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, impulsada por el Gobierno de la República y aprobada por unanimidad en el Congreso Nacional, como parte de las acciones planificadas para promover la creación y ampliación de la actividad de la industria, del comercio y de los servicios de valor agregado, con el propósito de generar un movimiento económico que se traduzca en generación de riqueza tanto para los empresarios como para sus colaboradores, lo cual, a su vez, se convierte en mejores condiciones de vida para las personas y generación de oportunidades para el mercado laboral hondureño actual y futuro.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Derogar el Artículo 191 del Decreto No.180-2018 de fecha 13 de diciembre de 2018, contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 20 de diciembre de 2018.

Articulo 2.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diez días del mes de enero del dos mil diecinueve. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Por Tanto: Publíquese. U D I-D EG T-U N AH