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10 de septiembre de 2021Vigente

Decreto Legislativo — Interpretar párrafo segundo del Artículo 5 del Decreto Legislativo No.8-2020 sobre procesos y solicitudes iniciados previo a su vigencia

Congreso Nacional

  • Publicación: 10 de septiembre de 2021
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,714

Considerandos

Que el Estado, especialmente el Poder Legislativo tiene la obligación de garantizar al soberano el acceso a una sociedad política, económica y socialmente justa, que propicie las condiciones para la plena realización de la persona humana mediante la actualización del marco jurídico y la adecuación institucional, a las actuales necesidades, realidades sociales y económicas del país.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Interpretar el párrafo segundo del Artículo 5 del Decreto Legislativo No.8-2020 de fecha 11 de Febrero de 2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 14 de Febrero de 2020, en la Edición No.35,175, en el sentido que cuando dicha disposición señala que “Para asegurar el goce efectivo de los beneficios establecidos en el presente Decreto, todos los procesos o solicitudes iniciados previo a la vigencia del mismo y que aún no cuentan con resolución, deben adecuar su procedimiento y sustanciación a lo establecido en el presente Decreto”, se refiere a todos aquellos procesos iniciados o solicitudes realizadas ante cualquier ente gubernamental, previo a la vigencia de este Decreto y que aún no cuentan con resolución firme, deben adecuar su proceso de tramitación a lo establecido en el Decreto Legislativo No.8-2020, y asegurar de esta manera el goce efectivo de los beneficios contenidos en el mismo.

Articulo 2.-

El presente Decreto entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en la Sesión celebrada por el Congreso Nacional de manera Virtual, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de septiembre de 2021. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.