Vigente
Decreto No. 266-2013 | 5 de febrero de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,863

Decreto Ejecutivo PCM-086-2018 mediante el cual se aprueba la Política y Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2030 (PyENSAN 2030)

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Resumen

Este decreto aprueba la Política y Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2030 (PyENSAN 2030), un plan del gobierno hondureño para combatir el hambre y mejorar la nutrición hasta 2030. Obliga a todas las instituciones públicas y municipales a alinear sus planes y presupuestos con esta estrategia, cumpliendo compromisos internacionales de la ONU sobre desarrollo sostenible.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad a los numerales 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República. corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, contenida en el Decreto Legislativo No. 146-86, con fecha 27 de octubre de 1986 y sus reformas, el Presidente de la República de Honduras tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.
  3. 3.Que la Ley para el Establecimiento de una de Visión de País y un Plan de Nación para Honduras establece como objetivos y metas de prioridad nacional, el logro de una Honduras sin pobreza extrema, educada y sana, para lo cual organiza y estructura un proceso de planificación del desarrollo económico, político y social con participación amplia e incluyente.
  4. 4.Que según lo establece la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Decreto Legislativo 025-2011) en su Artículo 2, la Seguridad Alimentaria y Nutricional es una Política de Estado de Prioridad Nacional en el marco de los Objetivos y Metas del Plan de Nación y Visión de País que promueven el desarrollo nacional mediante la ejecución de estrategias nacionales, sectoriales y nacionales. A.M A DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C.,5 DE FEBRERO DEL 2019 _ No. 34,863 | La Gaceta |
  5. 5.Que Honduras es país suscriptor de la Agenda 2030 aprobada el 25 de septiembre de 2015 en el seno de las Naciones Unidas, en la cual se establecen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) entre los que se encuentran el Objetivo No. 2: “Poner fin al hambre, lograr la Seguridad Alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”. En el marco de este compromiso internacional, el Gobierno de Honduras expresó su compromiso político con la presentación del Informe Voluntario de pais sobre los ODS durante el Foro Político de Alto Nivel de la ONU en Nueva York en julio 2017, además de haber integrado una Plataforma Nacional para el monitoreo, seguimiento y reporte de los ODS como parte del Sistema Nacional de Planificación para el Desarrollo.
  6. 6.Que según lo establece la Ley de SAN en su Artículo 7, el Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASAN), es el encargado de proponer nuevas políticas y estrategias en materia de SAN y que la actualización de la Política y Estrategia Nacional de SAN con horizonte al 2030, de aquí en adelante llamada PyENSAN 2030, se ha realizado mediante un amplio proceso de diálogo y consulta intersectorial, interinstitucional y regional; siguiendo las Directrices establecidas para la Formulación y Aprobación de Políticas Públicas y que además cuenta con la revisión y dictámenes respectivos de la Secretaria de Coordinación General de Gobierno,
  7. 7.Que de conformidad al Artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República debe tomar las medidas que sean necesarias para lograr que los planes, políticas, proyectos y programas se cumplan para lo cual se deberán crear o modificar las instancias de conducción estratégica que estime necesarias para alcanzar los objetivos del Plan de Nación y los Planes Estratégicos que se deriven, así como la continuidad de las políticas, proyectos y programas que son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos sucesivos.
  8. 8.Que la Aprobación de Políticas Públicas de orden normativo es una atribución del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.

Articulos

Articulo 1

Aprobar la PyENSAN 2030, en su actualización 2018-2030 para que tenga un alcance normativo a nivel de las instituciones públicas y un carácter indicativo a nivel de las distintas organizaciones privadas, no gubernamentales y diferentes actores a nivel nacional, regional y local.

Articulo 2

Forman parte constitutiva de esta Política Pública: El Plan de Acción de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PLAN-SAN 2030) y el Plan de Acción por la Nutrición (PANH 2030) que se han incluido como anexos estructurales de la PyENSAN 2030.

Articulo 3

Los distintos planes y estrategias que se formulen a partir de cada uno de los lineamientos constitutivos de la PYENSAN 2030, formarán parte integral de la PyENSAN 2030 y serán aprobados por el CONASAN presidido por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), en el marco de las atribuciones de la misma y no requerirán de un Decreto Ejecutivo del Presidente en Consejo de Secretarios de Estado.

Articulo 4

Las distintas instituciones de Gobierno Central y de Gobiernos Municipales con vínculos programáticos, con los componentes de Disponibilidad, Acceso, Consumo y Utilización Biológica y Estabilidad de la SAN, organizarán y orientarán las acciones respectivas a partir de los lineamientos establecidos en la PyENSAN 2030.

Articulo 5

La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), anualmente deberán considerar los EN | La Gaceta | lineamientos de la PYENSAN 2030 y sus Planes de Acción integrantes a efecto que cada institución de Gobierno incluya acciones especificas para el cumplimiento de sus Objetivos, Lineamientos y Metas Programáticas en la formulación y ejecución de sus Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Anuales y Presupuestos Anuales.

Articulo 6

El Sistema de Gestión por Resultados deberá ajustar su estructura y plataforma para apoyar el proceso de seguimiento y evaluación de la PYENSAN 2030,

Articulo 7

La Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (UTSAN-SCGG) en coordinación con las Direcciones respectivas de la SCGG establecerán los planes y definirán procesos de trabajo para el Seguimiento y Evaluación de la PyENSAN 2030, articulado al Sistema Seguimiento y Evaluación de la Seguridad Alimentaria y Nutricional (SISESAN).

Articulo 8

La UTSAN-SCGG elaborará los respectivos informes de ejecución de la PyENSAN 2030 para su presentación al CONASAN en las respectivas reuniones anuales que establece la Ley SAN.

Articulo 9

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÚERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO AE Aa DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D, C., 5 DE FEBRERO DEL 2019 No, 34,863 | La Gaceta | ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO 10 EN

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