Decreto Ejecutivo PCM-044-2017 mediante el cual se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas
Resumen
Este decreto crea la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) como institución rectora del sector energético nacional. La SEN formula, coordina y ejecuta políticas sobre energía renovable, electricidad, hidrocarburos, combustibles y asuntos nucleares. Beneficia al país al centralizar la gestión energética para mejorar eficiencia, sostenibilidad y cobertura eléctrica.
Considerandos
- 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la ReptJblica de Honduras en su numeral I I , establece que es atribución del Presidente de ia República: "Emitir Adiados, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley". En el numeral primero determina que le cixresponde al Presidente de la República* "Cumplii y hacer cunq}tir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales". Y, en el numeral 35 señala: "Crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos".
- 2.Que el .Articulo 32^ de la Constitución de la República, reconoce que: "El Sistema Económico de Honduras se fundamenta en principios de eficiencia en la producción y justicia social en la distribución de !a riqueza y el ingreso nacional, asi como en la coexistencia armónica de los factores de la producción que hagan posible la dignificación del trabajo comoftieiiteprincipal de la riqueza y como medio de realizacirá de la persona humana"
- 3.Que el Artículo 4 de la Ley Genera! de la Administración Pública, concede al Presidente de la R^ública en Consejo de Secretario,', de Estado ia facultad de crear y modificar Secretarias de Estado.
- 4.Que de conformidad con el Artículo 14 de la precitada ley, el Presidctite de la República, por Decreto en Consejo de Secretarios de Fsudo, puede emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para determinar la competencia de los Despachos por las Secretarías de Estado y ciear las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración, fusionar las dependencias internas que dupliquen (unciones o actividades. • I que fusionadas puedan desempeñarse ertcientemcnte, suprimir depemiencia.s internas cuando se;t necesario o convenienie pani ios fines de la Administración Pública y reorgaoizaj aqutílas dependencias que ia eiicicncia de la Admini-stración l'ública demande. CONSIDERAN DO: Que el Aitículo 29 numeral IU) de la Ley General de la AdmÍni.sti ación Pública, confiere a la Secretaría de Estado en los Ucspacbos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas, la formulación, coordinación, ejccucióa y evaluación de la.s políticas relacionadas coii la protección y aprovechamie no de las fuentes nuevas y renovables de eneniia, la generación, transmisión y distribución de energía; la exploración y explotación de hidrocarburos. CONSIDERA^DO: Que el Decreto Legislativo No. 404- 2013 contiene la Ley Ocncrai de la Industria Eléctrica, cuyos objetivos son armonizar la legislación del sector eléctrico con el Tratado \íarco del Mercado Elccrnto de America Central del cual Honduras es signataria, ac(uali73r las reglas de funcicmamicnto de la industria eléctrica del país, incorporando estructuras y pi"áciicas moderna.^ paf a Ibmentat la eficiencia en ti sector y la competencia en Id produccit'm y comercialización de tus servicios de electricidad.
- 5.Que el Artículo I, literal C, numeral .Xin y Artieulu .' de la Ley General de la Industria Eléctrica, detennina que labra una Secrcuría de Estado desígniula como aubindad superior del Subscclor Eléctrico.
- 6.Que mediante Decreto Ejecutivo Núnicru PCM 0"'2-20l5, se designó a la Secretaria de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Arabicnlc y Minas fMIAmhienle) como la autoridad superior del Subseclor Eléctrico. CONSÍDF.R.ANDO: Que el sector energía en sus aspectos lécnicos, económicos y ambientales constituye un elemento esencial para el desarrollo, debiendo ser abordado el mismo mediante una política energética iniegral de largo plazo inserta en el Pl ui de Nación y Visión de País, vinculando REPÚBLICA DE HONDURAS TEGUCir.ALPA, M. D. 7 DE AGOSIO DKL 21117 Ng. 34,410 La Gacctaí cl aporte de los diferentes sectores ecotiómicos y rigentes de desarroilo a la competitividad de !a economía nacional, el aprovechamiento sostcnible de los recursos naturales del país y la protección del medio ambiente.
- 7.Que resulta imprescindible formular e impicmentar políticas energéticas globales, ti-an.svcrsales y de carácter secioriat para que la reforma, rcesiructurdcion y consolidación fínancíera de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) estén alineadas dentro de esc marco, de manera que ia ENKR pueda cumplir su mi-sión de coniribuir a la competitividad y el desarroilo sostcnible del país mediante la prestación de un suministro eléctrico enciente, asegurando una constante ampliación en la cobertura eléctrica nuctonal, el aprovechamiento de tos recursos renovables y la pnitección del ambieme.
- 8.Que el Estado debe continuar en su papel de rector de las políticas piJblicas seciiHÍalcs y de regulación, garantizando a sus ciudadanos y »i sector productivo del país el acceso a un servicio de fuentes de energía de calidad, como un bien de consumo esencial para el desanollo, con (ahfa.s justas que reflejen los costos reales de la energía, sean pagadas por los usuarios finale.^ de los servicios energéticos y estimulen a los inversionistas en cl sector energético con una utilidad razonable y en linea con las (Mecías en el mercado cnergéüco regional.
- 9.Que las Secretarías de Estado son los órganos por medio de las cuales el Poder Ejecutivo reaíi/a sus tarcas técnicas y administrativas referentes a una materia especifica de forma que la actuación del Poder Ejecutivo resulte eficiente y eñcaz en sectores que como cl de energía, requieren un profundo conocimiento técnico de la materia.
Articulos
Articulo 2
PRESUPUESTO. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), debe incorporar las asignaciones presupuestarias correspondientes para el Sccciñn A Acuerdos y LejW Nu- 34,410 adecuado funcionamiento de la estructura organízacional de la SEN en cl proyccUi de Presupuesto General de Ingresos > Egresos de ta kepública para el año 2018. la asignación presupuestaria nc será mferior a Noventa y Nuíve Millones, Doscientos Treinia y Trch Mil Novecientos Noventa y Dos Ixrmpiras con 56100 (L.99,233.992.56). de lo cual. SEFIN asigniirá cl 50"-^ proveniente de fondos nacionales y la diferencia seráfinanciadopor fondos externos y presupuesto reasignado de \ds oficinas .«suprimidas y ad&cntas a la SEN. A estos electos, la SEN gestionará recursos extemos de donación por Treinta y Ocho Millones Ciento Setenta y Cinco Mil f!uau ociemos Noventa y Dos íxmpiras con 25/! 00 (I . 3S,175.492.25) con Estados u organismos cooperantes, [»ara lo cual la SEN podrá aportar una contraparte del diez por tiento (lO^ii con fondos nacionales por fres Millones Ochocientos líiecisicte Mil Quinientos Cuarenta y Nueve Lempiras con 23'' 100 (L. 3. 817,549.23). 1^ partidas presupuestarias de las cuotas por membresias anuales por concepto de Acuerdos y Convenios con Organizaciones Internacionales del Sector Energético, que se encuentran presupuestadas en diversas entidades del Poder Ejecutivo, pasarán a mtegrar parte del Presupuesto de la SEN. Durante el año 2017. la SEN ctmtará con el personal clave, que garantice su opcrativídad de foima inmediata, para lo cual, se asignara paite del [H'esupuesto remanente de las oficinas suprimidas y adscritas a la SEN.
Articulo 3
REORGANIZACIÓN. La Dirección General de Energía, sus dependencias, adscritas a la Subsecretaría de Energía de la Secretaría de Estado en los Despachos de línergia, Recui-sos Naturales. Ambiente y Minas (MiArabícnte-*-), quedan suprimidas. QuedaadscritaalaSEN, ven tanillaúntca (proyectos de energía icnovable) y la Dirección General de Seguridad Radiológica, autoridad reguladora nacional, en seguridad radiológica, establecida mediante Acucrrio Hjecutívo No 006-2016, ta cual estará apoyuda por una Comisión Nacional de Energía A . m REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGLCUJALPA. D. C . 7 DL ACiO.STO D I L 2017 Snrción \s y Le>« REPLBLICA DE HONPUR/\ - T E G U C I G A L I ' A , M . D . CTTOÍ AGOSl O DtL2017 No. 34,410 Atómica, instancia de coordinación intermstimcional para la implementación del marco programático nacional de eoergía atómica en Hondtiras. Estos ótanos adscritos a la SEN. deben integrarse a la nueva estructura organízacional y presupuestaria de la Secieiaria, asi como todos su.-? recursos materiales, tecnológicos, de información, financieros, proyectos, prugramas y presupuestos asignados a cUas. Se rcfomia la designación de la actual Subhccrcuria de Hnergía de MrAmbicnicf a Subsecretaría de Recursos Naturales, la cual fiincionará con los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de información, financieros, proyectos, pro- gramas y presupuestos asignados a las dependencias que no hayan sido suprimidas con ta reorganización como queda establecido en el párrafo precedente. Asimismo, las dependencias de la Subsecretaría de DesaiTollü Empresarial y Comercio Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico: Comisión Administradora de Petróleo (CAP) y la Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB), quedan suprimidas como parte de la Secretaría de Desarrollo Económico y pasan a ser parte de la nueva SEN. Iguahneote. todos los recursos materiales, tecnológicos, de información,financieros,proyectos.programasy presupuestos asignados a ellas deben pasar a la SEN. La Subsccieiaría de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico, seguirá túncionando a cargo de tas dependencias o unidades que no han sido suprimidas con la reorganización que aquí se establece y mantendrá la fiincirá de In^ctoria de hidrocarburo-^ bajo ta Dirección de Protección at Consumidor.
Articulo 4
RECURSO HUMANO. Los enn>leados O servidores públicos que laboran para las dependencias suprimidas y adscritas antes señaladas, nombrados mediante Acuerdo serán trasladados a otra.s dependencias de tas Secretarías de listado en las que estén nombrados Cuando lo anterior no sea posible se cancelará por cesantía el nond>ramiento de ios empleados conforme a lo dispuesto en los Artículos 53, 54 y 55 de la Ley de Servicio Civil •BfT La Ci-accta En el ca.so de ¡ i.s empleados o servidores públicos por contrato se procederá a dar por tcnninados los contratos reconociendo a IJS empleados yfimcionarioslos derechos laborales según li legislación aplicable. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, la Secretaría de Estado en cl Despacho de Finanzas pnK'edcrá a numbiar una ( omisión que fie haiú cargo de todos los tráíTiilcs rcquaidos, l-a Secretaría de Finanzas será ta responsable de asegurar cl pago de las prestaciones de todo aquel persona! que sea cancelado y que dichas cancelaciones se realicen a través de asignaciones presupuestarias especiales, sin afectar la estructura presupuestaria de MiAmbiente. Todo el personal que se integre a la SEN, será evaluado ai relación a su capacidad técnica y calificaciones profesionales, con el objetivo dt ascgumr la efectividad en el cumplimiento de las funciones de ia Secretaría.
Articulo 5
ESTRUCTURA ORGANIZ.\CIONAL. 1^ SEN tiene la >-structura organízacional siguiente: i) Subsecretaría de [£nergía Renovable y Elecincidad y sus Direcciones (ienerales; ii) Subsecretaría de Hidrocarburos y siu. Direcciones Generales; iii) Dirección Nacional de PlaneamJmto Energético y Política EnL-rgclica Sectorial, la cual tiene por i^jeto diseñar la Estrategia Energética Nacional y las políticas para ejecutarla. La DNPEPES tiene la responsabilidad transversal de asistir al Despacho Ministerial y a ambas Subsecretanas de Estado en materia de análisis, prospectiva y planificación enei^ética. gestión de tas estadísticas energéticas del país, seguimiento y evaluación de las políticas y como ente de asesoría técnica del ¡nás alto nivel; iv) Secretaría í lenerai, integrada por la Unidad de Servicios Legales; Uiutiad de Cooperación Extema; Unidad de Comunicación In&tímcional; Unidad de Planificación Estiatégica Institucional y Evaluación de la Gestión REPÚBLICA DÜ HONDURAS -1 ECLCK.ALPA. M. D. C . 7 DE AGOSTO D£L 2017 No. 34.410 La <>accta por Resultados (LTEG); Unidad de Tecnologia.-^ dt la Información; y Unidad de Auditoría [ntema; y. v) GerenciaAdministí-ativacompueslaporÍa.sSubgeiencias de Rccuníos Humanos; y de Presupuesto y Servicios Generales. estrucWra completa de la SEN será definida por Acuerdo Ministerial según las dependencias requeridas para ei eficaz desarrollo de sus funciones, así como su adscripción al Despacho Ministerial o a la Subsecretaría que corresponda. ARTÍCULOfi.-DISPOSICIONESTRANSrrORIAS.-l-Ji el término de sesenta días (60) calendario a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, MiAmbiente^ y la Secretaria de Desarrollo Económico son responsables de reformular sus presupuestos para el año 2018 de con Toimidad con lo establecido en cl i>rescnti: Decreto Ejecutivo, a.segurando sin dilación ta reasignación o cancelación de los recursos humanos, materiales, tecnológicos, financieros, proyectos, programas y prcsupucstaiios asignados a las dependencias suprimidas de sus respectivos Despachos, para lo cual deben trabajar conjuntamente con SHFIN. La Dirección de Bienes Nacionales adscrita a la Secretaria de Finanzas (SEFíN), está obligada a prestar toda la colaboración neccsuiía para cumplir con el término establecido. Las dependencias provenientes de otras instimcioncs, que se integraran a la estructura organizativa de la SEN, continuarán operando en sus emidades de origen, hasta que las nuevas autoridades de dicha Secretaría y los fijncionarios responsables de estas unidades, tomen posesión efectiva MiAmbiente debe hacer el traspLiso oficial de la información y/ocxpedienlesrelacíonadoscon {agestión de proyectos afines del sector energético, para cumplir con el empoderamiento total y definitivo de las acciones administrativas en proceso y dar continuidad a su consecución legal. La SEN es la responsable de resolver todos los casos pertinentes derívados de los vacíos legales que existen en ia Ley General de la Industria Eléctrica.
Articulo 7
DEROGACIÓN. Se deroga el Decreto Ejecutivo Ntimero PCM 072-2015 y se designa a la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, como la auiondad superior del Subsector Eléctrico, responsable de las políticas públicas que orientarán las actividades del subsector eléctrico de conformidad con el Decreto Legislativo No. 404-2013 Ley General de U Industria Eléctrica. También se derogan todas aquellas disposiciones ejecutivas que &e opongan a lo establecido en et presente Decreto.
Articulo 8
VIGENCIA. F:I presente Decreto entra en vigencia el día dt; >,ü publicación CD el Diario Oficial de la República "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, Tc^icigalpa, municipio del Distrito Central, siete (07) del mes de agosto del ano dos mil diecisiete (2017) COMUNIQUESE V PUBLÍQUESE. - JUAN O R I A N D O H E R N Á N D E Z A I . V A R A D O P R E S I D E N T E D E L A R E P Ú B U C A JORGE R A M Ó N HERNÁNmZALCERRO SECRETARIO D E ESTADO COORDmAIX)R G E N E R A L D E G O B I E R N O H E C T O R L E O N F J , A V A L A S E C R E T A R I O DE ESTADO EN L O S DESPACHOS D E DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN \ D E S C E N T R A L I Z A C I Ó N A H I E S Í R £ P L B L I C A D E H O M P U R ^ X S - 1 E G U C T G A L P A , M P . C 7 D K A G O S T O D E L 2 Q I 7 No. .V4.4II) La (• jctta MARÍA DOLORES A Í Í C E R O SECR£TARL\E ESTAIX) EX LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERHíRES Y CCX)PERACIÓN INTERNACIONAL R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A SECRETARIO D E ESTADO F N LOS DESPACHOS D E DF:SARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO FN FL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFERA ESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. POR LEY JULIAN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN FL DESPACHO DE SEGURIDAD DELIA R I V A S LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA CALDERON SECRETARIA DE F5TAÜO EN EL DESPACHO D E t:DUCAClÓN CARLOS MADERO SECREFARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO P.4Z BODDEN SFX-RFTARIO D E ESTADO E N LOS DESPACHOS DE AGRICULniRA Y GANADERÍA JOSE ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA. RFCURSOS SATURALES, AMBIENTE Y MINAS F R E D Y S A N T I A G O DÍAZ ZEI.AVA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA • O T A T ROCÍO TABORA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR L E Y