Decreto-22-2022
Congreso Nacional
- Decreto: 22-2022
- Publicación: 29 de marzo de 2022
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,885
- Categoria: Constitucional
Resumen
Este decreto establece el 24 de marzo como Día Nacional por el Derecho a la Verdad, la Memoria y la Justicia en Honduras, sin suspensión de labores. Obliga a instituciones públicas y educativas a promover programas sobre derechos humanos, memoria de víctimas y verdad histórica, además de crear un premio nacional para quienes contribuyan a esclarecer hechos de violaciones graves de derechos humanos.
Considerandos
Que el Estado de Honduras ha suscrito la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, instrumentos internacionales que establecen que los derechos fundamentales protegidos; son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí.
Que el Estado de Honduras es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos donde; garantiza el derecho a la verdad y la justicia a todas, las víctimas de graves y sistemáticas violaciones de Derechos Humanos en contextos de autoritarismo.
Que la memoria histórica es importante para garantizar el derecho a la verdad y la justicia relacionada con los crímenes graves y ayuda a las comunidades a entender las causas del abuso, a restaurar la dignidad personal y levantar salvaguardas contra la impunidad.
Que es vital reconocer el valor de los defensores de los Derechos Humanos, quienes se han dedicado a promover y proteger los derechos fundamentales, indivicuales y colectivos, así como rendir tributo a quienes han perdido su vida en tal empeño.
Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que los EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL sucesos ocurridos en Honduras a partir del 28 de junio del 2009, según derecho internacional, constituyeron un hecho ilícito internacional.
Que conforme al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Declarar el día 24 de marzo de cada año, “DÍA NACIONAL POR EL DERECHO A LA VERDAD, LA MEMORIA Y LA JUSTICIA”, el que debe ser incluido como fiesta nacional sin suspensión de labores.
Las instituciones del Gobierno centralizadas, descentralizadas, autónomas y demás entidades públicas, deben incluir en sus programas, planes y presupuestos, actividades orientadas al reconocimiento de la dignidad humana, difusión y educación de los Derechos Humanos, la prevención y erradicación de las vulneraciones de tales derechos, así como de la importancia de la atención y reivindicación de los derechos de las víctimas. Procurando la reivindicación de la memoria y dignidad de las víctimas y el establecimiento y difusión de la verdad histórica de tales hechos.
Las autoridades educativas de todos los niveles deben impulsar en el seno de las instancias que les corresponda integrar, tales como el Consejo Nacional de Educación y el Consejo Nacional de Educación Superior, la incorporación del “DÍA NACIONAL POR EL DERECHO A LA VERDAD, LA MEMORIA Y LA JUSTICIA”, en los respectivos calendarios escolares, promoviendo la memoria y reconocimiento de las víctimas de violaciones graves y sistemáticas de los Derechos Humanos, la importancia del derecho a la verdad y la justicia, la reparación y no repetición de los hechos, que consoliden la memoria colectiva de la sociedad, así como el rechazo de todo tipo de autoritarismo y la promoción de
la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos.
Créase el Premio Nacional POR EL DERECHO A LA VERDAD, LA MEMORIA Y LA JUSTICIA, el cual será entregado a personas que, con sus ejecutorias, contribuyan al esclarecimiento de la verdad, difusión de los Derechos Humanos y a la reivindicación del derecho de las víctimas. Dicho premio será reglamentado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso Nacional.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de marzo del dos mil veintidós. HUGO ROLANDO NOE PINO PRESIDENTE CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO LUZ ANGÉLICA SMITH MEJIA SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 23 de marzo de 2022 IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS NATALIE ROQUE SANDOVAL
Leyes relacionadas
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)
- Decreto Ejecutivo No. PCM-022-2022 — Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2023 — Este decreto aprueba el presupuesto del gobierno hondureño para 2023, estableciendo cuánto dinero se puede gastar en la administración central y descentralizada (L392,519,733,991). Autoriza al Ministerio de Finanzas a presentar este presupuesto al Congreso Nacional para su aprobación final, permitiendo que el gobierno ejecute sus planes de desarrollo en cinco sectores estratégicos. (Decreto PCM-022-2022, 2022)
- Decreto 78-2022 mediante el cual se crea un fondo de doscientos cuarenta millones ochenta y cuatro mil lempiras exactos (L.240,084,000.00) a favor de los usuarios del servicio de transporte público en la modalidad de bus urbano — El Decreto 78-2022 crea un fondo de 240 millones 84 mil lempiras para subsidiar el transporte público urbano a nivel nacional. Beneficia a los usuarios de autobuses al evitar aumentos de tarifa, pagando 3 lempiras por pasajero transportado (máximo 1,080 lempiras diarios por vehículo) a través de los operadores de transporte.
- Decreto Ejecutivo 002-2002 mediante el cual se delega competencia al Secretario de Estado para la emisión de actos administrativos — Este decreto delega al Secretario de Estado la competencia para emitir actos administrativos en nombre del Presidente de la República. Permite que el Secretario tome decisiones y firme documentos oficiales dentro de su área, agilizando la administración pública y evitando que todo requiera aprobación presidencial directa. (Decreto 002-2002, 2022)
- Decreto Legislativo No. 43-2023 — Deroga Decreto 57-2020, reforma Decreto 93-2021 y modifica disposiciones sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo — Esta ley refuerza la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en Honduras. Establece penas más severas para quienes oculten dinero o bienes obtenidos ilícitamente (prisión de 5 a 13 años según la cantidad), responsabilidad penal para empresas que participen en estos delitos, y crea herramientas de inteligencia financiera para detectar operaciones sospechosas. Afecta a criminales, empresas, profesionales financieros y cualquier persona que ayude a legalizar dinero ilegal. (Decreto 43-2023, 2023)