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27 de enero de 2025Vigente

Decreto Legislativo No. 113-2024 — Declarar el 12 de mayo Día Nacional de la Poesía Hondureña

Congreso Nacional

  • Decreto: 113-2024
  • Publicación: 27 de enero de 2025
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 36,750

Considerandos

Que la Constitución de la República en su Artículo 172 establece que: “Toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística de Honduras, forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación”; lo conforman entre otros, los fondos documentales y bibliográficos, documentos manuscritos, impresos, sellos, diplomas, mapas, planos, estampas, cintas magnetofónicas y grabaciones, microfilmes, fotografías, negativos y positivos, bibliotecas especializadas, libros nacionales, hemerotecas e inc u nables, y todos aquello de interés histórico.

Que la Constitución de la República ordena en su Artículo 175 que: “El Estado promoverá y apoyará la divulgación de producciones de autores nacionales o extranjeros que siendo legítimas creaciones filosóficas, científicas o literarias contribuyan al desarrollo nacional”.

Que a través de la poesía se trata de revivir tradiciones, mediante la promoción la lectura, la escritura y la enseñanza de la poesía, fomentar la convergencia entre la poesía y otras artes como el teatro, la danza, la música y la pintura y así aumentar la visibilidad de la poesía en los medios. Siendo así que la poesía es una forma de comunicación cultural, que se ha usado a lo largo de la historia como forma de expresión de las sociedades para manifestar su sentir. La poesía tiene el poder de comunicar la identidad de los pueblos, tiene la gracia de transmitir un mensaje como cualquier otro arte.

Que la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), es la Institución que coordina todo lo concerniente a la formulación, ejecución y evaluación de las políticas referentes a la investigación, rescate, difusión, protección, salvaguarda y preservación del acervo histórico y cultural de la nación.

Que es deber del Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), reconocer los méritos, acciones, aportes y valiosas ejecutorias de las hondureñas, hondureños y extranjeros, orientadas a la investigación científica-educativa, identificación, rescate, protección salvaguarda, preservación, fomento, promoción y desarrollo de las artes, las culturas y los patrimonios en todas sus manifestaciones para bien y fortalecimiento de nuestra identidad, los valores y la memoria histórica.

Que de conformidad con el Artículo 205 Atribución 18) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional decretar premios y conceder privilegios temporales a los autores o inventores y a los que hayan introducido nuevas industrias o perfeccionado las existentes de utilidad en general. El Estado reconoce las acciones y contribuciones que con su talento a favor de las investigación científica, educativa, cultural, artística y patrimonial realicen hondureños y extranjeros, a los que Honduras tributa su pleno agradecimiento.

Que la Poeta Clementina Suárez Zelaya, que nació en Juticalpa, Departamento de Olancho, el 12 de Mayo de 1902, es la primera mujer hondureña que registra la historia nacional, en publicar un Libro de Poesía. También, fue, una brillante promotora y gestora cultural y artística dentro y fuera de Honduras, espacios en los que se enfrentó a múltiples dificultades convencionales, que venció, abriendo de esta manera, nuevos escenarios para la mujer hondureña y centroamericana.

Que conforme al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 1.-

Declarar el 12 de Mayo de cada año, DÍA NACIONAL DE LA POESÍA HONDUREÑA, en homenaje a la vida, obra, pensamiento y fecha de nacimiento de la potente intelectual y poeta Clementina Suárez Zelaya, que nació en el Municipio de Juticalpa, Departamento de Olancho, el 12 de Mayo de 1902. El Estado de Honduras, a través de la Secretaría Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), honrará cada 12 de Mayo, a todas las poetas y los poetas nacionales que, con sus obras literarias, acciones y actuaciones le den honor, honra y gloria a Honduras.

Articulo 2.-

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC) proceder a incorporar en el Plan del Sistema Educativo Nacional, en todos los actos de civismo y demás con memo raciones de la patria, la vida, obra y pensamiento de la poeta Clementina Suárez Zelaya.

Articulo 3.-

Se Instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes, y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), a instituir el Premio Nacional de Poesía Clementina Suárez Zelaya, que será otorgado a partir del 12 de Mayo del 2025 a poetas nacionales que, por sus acciones, actuaciones y obras literarias, sean merecedores de tan digno y honroso premio, de conformidad al reglamento que emita dicha Secretaría de Estado.

Articulo 4.-

Instruir a la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), emitir el correspondiente Reglamento que facilite y asegure el efectivo cumplimiento, aplicación y ejecución del presente Decreto, dentro de los próximos seis (6) meses, después de entrar en vigencia la presente normativa.

Articulo 5.-

El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de diciembre de 2024. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS Poder Legislativo