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25 de octubre de 2017Vigente

Decreto Legislativo No. 110-2017 — Autorización de incorporación de ingresos al Presupuesto de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)

Congreso Nacional

  • Decreto: 110-2017
  • Publicación: 25 de octubre de 2017
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,474

Considerandos

Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 032-2017, de fecha 28 de Abril del 2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, de fecha 19 de Mayo del 2017, Edición 34,342, se creó la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), con independencia funcional, técnica, financiera y administrativa, responsable de la supervisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización del cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de interés sanitario y de los que realicen actividades o practiquen conductas que repercutan o puedan repercutir en la salud de la población.

Que el Artículo 14 del precitado Decreto Ejecutivo señala que: “El patrimonio de la ARSA estará constituido por: 1. El cien por ciento (100%) de los ingresos netos generados por servicios propios de la ARSA provenientes de la prestación de servicios de cualquier índole; 2. Las transferencias presupuestarias efectuadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud de los recursos que le fueron asignados en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República con fuente 11 Tesoro Nacional y Recursos Propios generados a la fecha del traslado de los fondos para la operación y el pago del personal que será trasladado a la ARSA; y, 3. Herencias, legados y donaciones de otras fuentes públicas o privadas, nacionales o extranjeras”.

Que el Artículo 12 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2017, contenidas en el Decreto No. 171-2016, de fecha 15 de Diciembre del 2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, de fecha 27 de Diciembre del 2016, Edición 34,223, establece que el Departamento de Vigilancia del Marco Normativo Sanitario dependiente de la Dirección General de Vigilancia del Marco Normativo, pueden hacer uso de sus ingresos recuperados para efectuar gastos operacionales, asimismo deben presentar informes de ejecución de estos fondos según lo estipula el manual y reglamento para uso de Fondos Recuperados.

Que el Artículo 126 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2017, establece que la contratación de personal temporal (subgrupo del gasto 12000), se limitará a las asignaciones y montos aprobados en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, con el fin de regular estas asignaciones, se prohíbe las ampliaciones por modificaciones presupuestarias para este subgrupo del gasto.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 32) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional, la aprobación anual del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República tomando como base el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar la incorporación al Presupuesto de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) los ingresos U D I-D EG T-U N AH generados a partir a la fecha de su creación y provenientes del patrimonio de las actividades por servicios regulatorios que se encuentran en las cuentas de la División de Farmacia y Departamento de Control de Alimentos, creadas con anterioridad y manejadas posteriormente por la Dirección General de Regulación Sanitaria, ahora Dirección de Vigilancia del Marco Normativo, en lo relativo a las funciones que ahora son competencias de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA).

Articulo 2.-

Autorizar la incorporación del cien por ciento (100%) de los recursos propios que genere la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) para el Ejercicio Fiscal 2017, por la prestación de servicios de la institución, dicho proceso debe ser regido por lo que establece las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2017 y demás Leyes vigentes.

Articulo 3.-

Autorizar y financiar las estructuras presupuestarias de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) mediante el traslado de fondos interinstitucionales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incluyendo las plazas vacantes de la División de Farmacia, Control de Alimentos, Dirección General de Regulación Sanitaria y Dirección de Vigilancia del Marco Normativo.

Articulo 4.-

Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para realizar la ampliación de la asignación presupuestaria del subgrupo del Gasto 12000, Personal No Permanente de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) por un monto de QUINCE MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.15,000,000.00), en las estructuras presupuestarias siguientes:

Articulo 5.-

La modificación anterior será financiada con el presupuesto de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) mediante el traslado de fondos de las estructuras presupuestarias siguientes: U D I-D EG T-U N AH

Articulo 6.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, en el Salón de Convenciones del Hotel Jicaral,a los veintisiete días del mes de septiembre del dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Por Tanto, Publíquese. _______ Poder Ejecutivo decreto ejecutivo número pcm-059-2017