Decreto Legislativo No. 25-2025 — Asignación de partida presupuestaria a favor de la Fundación Hogar Los Ángeles
Congreso Nacional
- Decreto: 25-2025
- Publicación: 23 de octubre de 2025
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 36,974
Considerandos
Que el Artículo 120 de la Constitución de la República manda que “Los menores de edad, deficientes física o mentalmente, los de conducta irregular, los huérfanos y los abandonados, están sometidos a una legislación especial de rehabilitación, vigilancia y protección según el caso”. En este contexto el Artículo precedente que cada uno de estos segmentos poblacionales debe estar bajo la protección especial del Estado ajustando sus políticas de acuerdo con las necesidades y situación de proteger a ciertos grupos vulnerables, asegurándose de que reciban un trato especial y adecuado para su desarrollo, seguridad y bienestar.
Que el Artículo 126 de la Constitución de la República manda que: “Todo niño debe en cualquier circunstancia, figurar entre los primeros que reciban auxilio, protección y socorro”. Esta disposición refleja el compromiso del Estado hondureño con la defensa de los derechos de la niñez y establece un marco legal para que los niños sean considerados una prioridad en situaciones de emergencia, riesgo o vulnerabilidad. Así también resalta el principio de primacía donde prevalece la protección a los niños, orientando las políticas públicas y la acción del gobierno hacia la creación de un entorno seguro y favorable para su desarrollo integral.
Que brindar apoyo económico a la FUNDACIÓN “HOGAR LOS ÁNGELES” es EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 un acto de responsabilidad social que contribuye al desarrollo de una sociedad más justa e inclusiva. El apoyo económico a dicha Fundación igualmente permite visibilizar las necesidades de la población con discapacidad, lo que genera conciencia y promueve cambios en las políticas públicas para mejorar sus condiciones de vida.
Que con la asignación de la partida presupuestaria contenida en el presente Decreto contribuye, entre otros, al mantenimiento de las instalaciones, la contratación de personal especializado y la adquisición de equipos médicos y materiales terapéuticos, los que requieren de fondos permanentes. Además, LA FUNDACIÓN HOGAR LOS ÁNGELES también enfrenta altos costos en términos de alimentación, medicamentos y otros servicios esenciales para el bienestar de sus residentes.
Que conforme al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
Articulos
Ordenar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para crear una partida presupuestaria en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del año 2025, a favor de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización por un monto de hasta DOCE MILLONES DE LEMPIRAS (L.12,000,000.00) anuales, para el CENTRO “FUNDACIÓN HOGAR LOS ÁNGELES”.
El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los seis días del mes de mayo de dos mil veinticinco. HUGO ROLANDO NOÉ PINO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de mayo de 2025. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO