Decreto Legislativo No. 76-2020 — Aprobar Contrato de Fideicomiso de Administración del Proyecto de Construcción Edificio de la CNBS
Congreso Nacional
- Decreto: 76-2020
- Publicación: 1 de julio de 2020
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,300
Considerandos
Que el Artículo 1 del Decreto No.156- 2019 de fecha 4 de Diciembre de 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el fecha 28 de Enero de 2020, Edición No.35,160 Autorizó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), para que suscriba uno o más contratos de fideicomiso con una institución bancaria del Sistema Financiero Nacional o Regional, contrato que tendrá una duración de treinta (30) años a partir de su suscripción, con el fin que pueda financiar bajo cualquier modelo de inversión la construcción de su propio edificio; contrato de construcción que debe hacerse bajo la modalidad de construcción, operación, transferencia, mantenimiento de obra y servicios públicos, en el terreno señalado en el Considerando (5) de dicho Decreto.
Que los artículos 2 y 5 del Decreto No.156-2019 de fecha 4 de diciembre del 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 28 de Enero de 2020, Edición No.35,160, declaran como prioritario el Proyecto de Construcción de Edificio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), otorgándole el “certificado de incorporación y viabilidad de operación” como proceso acelerado de inversión, asimismo se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que facilite el desarrollo del proyecto de construcción referido.
Que en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3 del Decreto No.156-2019 de fecha 4 de Diciembre U D I-D EG T-U N AH del 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 28 de Enero de 2020, Edición No.35,160, bajo los principios de eficiencia, publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, así como en sujeción a los parámetros que establece la Ley de Contratación del Estado, en fecha 5 de Febrero de 2020, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), publicó en los medios de comunicación el Aviso de Concurso Público Nacional No. CPN- CNBS-01- 2020,denominado CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS FIDUCIARIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS” mediante el cual dio inicio el proceso de selección y adjudicación del Contrato de Fideicomiso, proceso que culminó con la adjudicación como entidad fiduciaria a Banco Financiera Comercial Hondureña, Sociedad Anónima (BANCO FICOHSA), por haber cumplido con todos los requerimientos legales, técnicos y demás contenidos en los documentos base del Concurso Público indicado.
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), por medio de su representante legal, en fecha 29 de Mayo de 2020, con fundamento en el Artículo 1 del Decreto No. 156-2019, procedió a suscribir, con el Banco Fiduciario adjudicado mediante Resolución GAD No.200/29- 04-2020 del 29 de Abril de 2020, el Contrato Número CNBS-CCO-02/2020, denominado: “CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN EDIFICIO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS(CNBS); QUE COMPRENDE LA ESTRUCTURACIÓN, FINANCIAMIENTO, CONTRATACIÓN, GESTIÓN, OPERACIÓN,TRANSFERENCIA,MANTENIMIENTO DE OBRAY SERVICIOS DEL MISMO EN SU TOTALIDAD”.
Que el proyecto de construcción relacionado en el Considerando precedente,tiene como objetivo primordial que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), cuente con la infraestructura física, tecnológica y de comunicaciones con los más altos estándares de seguridad para gestión de las actividades inherentes a las funciones que por disposición de ley le compete, debido a las múltiples funciones y atribuciones que por mandato de la Constitución de la República y de la ley que la regula, maneja, procesa, analiza, custodia y resguarda información sumamente sensible que tiene que ver con temas de supervisión de entidades bancarias, aseguradoras, previsionales, financieras y que está relacionada tanto con la estabilidad financiera del país, como con información en materia de prevención y detección de los delitos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo, entre otros; razón por la cual, el Congreso Nacional de la República mediante Decreto No.156- 2019 de fecha 4 de Diciembre del 2019 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 28 de Enero de 2020, Edición No.35,160, lo declaró de interés prioritario.
Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: “Aprobar o improbar los contratos y convenios que llevan involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República”.
Articulos
Aprobar en todas y cada una de las partes, el