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25 de abril de 2020Vigente

Decreto Legislativo No. 35-2020 — Aprobación del Acuerdo de Financiamiento No. 6448-HN con el Banco Mundial para COMRURAL II

Congreso Nacional

  • Decreto: 35-2020
  • Publicación: 25 de abril de 2020
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,235

Considerandos

Que el Congreso Nacional, mediante Decreto No.17-2010 de fecha 28 de marzo de 2010 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de abril de 2010, en su Artículo 70, autoriza al Poder Ejecutivo para que suscriba los convenios sobre los empréstitos que considere necesarios en virtud del estado de emergencia actual de las Finanzas Públicas, y que deban ser financiados con capital externo; aprobándose para tal efecto los proyectos de convenio correspondientes, sin perjuicio de su posterior ratificación por parte del Congreso Nacional una vez firmados los mismos por el Poder Ejecutivo y el Organismo de Crédito Externo de que se trate.

Que el Acuerdo de Financiamiento No.6448-HN suscrito el 11 de abril de 2020 entre el Banco Mundial (BM), en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento de hasta un monto de Setenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$75,000,000.00), recursos destinados a financiar la ejecución del “Proyecto Integrando la Innovación para la Competitividad Rural - COMRURAL II”, se ampara en el Artículo 70 del Decreto No.17-2010.

Que el programa tiene como objetivo general mejorar el acceso a los mercados y las prácticas climáticas inteligentes y contribuir a la inclusión económica de los beneficiarios seleccionados en cadenas de valor agrícolas seleccionadas.

Que de conformidad al Artículo 205, atribuciones 19 y 36 de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos y convenios que llevan involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales celebrados por el Poder Ejecutivo.

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar en todas y cada una de las partes el Acuerdo de Financiamiento No.6448-HN suscrito el 11 de abril de 2020 entre el Banco Mundial (BM), en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento de hasta un monto de Setenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$75,000,000.00), recursos destinados a financiar la ejecución del “Proyecto Integrando la Innovación para la Competitividad Rural-COMRURAL II” que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE FINANZAS. Acuerdo de Financiamiento. (Proyecto Integrando la Innovación para la Competitividad Rural en Honduras - COMRURAL II) entre LA REPÚBLICA DE HONDURAS y LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO, NÚMERO DE CRÉDITO 6448-HN, ACUERDO DE FINANCIAMIENTO. ACUERDO fechado a partir de la Fecha de la Firma entre la REPÚBLICA DE HONDURAS (“El Receptor”) y la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO (“La Asociación”). El Receptor y la Asociación acuerdan lo siguiente: ARTÍCULO I - CONDICIONES GENERALES; DEFINICIONES. 1.01. Las Condiciones Generales (tal y como se definen en el Apéndice de este Acuerdo) se aplican a este Acuerdo y forman parte del mismo. 1.02. A menos que el contexto requiera lo contrario, los términos en mayúscula utilizados en este Acuerdo tienen el significado que se les asigna en las Condiciones Generales o en el Apéndice de este Acuerdo. ARTÍCULO II – CRÉDITO. 2.01. La Asociación acuerda extender al Receptor un crédito,que se considera como Financiamiento en Concesión U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 a efectos de las Condiciones Generales, por un monto de setenta y cinco millones de dólares ($75,000,000) (en diversas formas, “Crédito” y “Financiamiento”), para ayudar a financiar el proyecto descrito en el Anexo 1 de este Acuerdo (“Proyecto”). 2.02.El Receptor puede retirar los fondos del Financiamiento de acuerdo con la Sección III del Anexo 2 de este Acuerdo. 2.03. La Tasa de Cargo Máximo por Compromiso es la mitad del uno por ciento (1/2 de 1%) por año sobre el Saldo de Financiamiento no Retirado. 2.04. El Cargo por Servicio a pagar por el Receptor sobre el Saldo de Crédito Retirado será igual al mayor de: (a) la suma de tres cuartos del uno por ciento (3/4 del 1%) por año más el Ajuste de Base al Cargo por Servicio; y (b) tres cuartos del uno por ciento (3/4 del 1%) por año. 2.05. El Cargo por Intereses pagadero por el Receptor sobre el Saldo de Crédito Retirado será igual al mayor de: (a) la suma de uno y un cuarto por ciento (1.25%) por año más el Ajuste de Base al Cargo por Intereses; y (b) cero por ciento (0%) por año. 2.06. Las Fechas de Pago son el 15 de abril y el 15 de octubre de cada año. 2.07. El monto principal del Crédito se reembolsará de acuerdo con el calendario de reembolsos establecido en el Anexo 3 de este Acuerdo. 2.08. La Moneda de Pago es el Dólar. ARTÍCULO III – PROYECTO. 3.01. El Receptor declara su compromiso con el objetivo del Proyecto. Para este fin, el Receptor llevará a cabo: (a) a través de INVEST-H, Partes 1, 2 y 3 del Proyecto; y (b) hacer que la Autoridad Coordinadora lleve a cabo la Parte 4 del Proyecto; todo de acuerdo con las disposiciones del Artículo V de las Condiciones Generales y el Anexo 2 de este Acuerdo. ARTÍCULO IV - RECURSOS DE LA ASOCIACIÓN. 4.01 Los Eventos Adicionales de Suspensión consisten en lo siguiente, a saber, que cualquier OPR ha incumplido cualquiera de sus obligaciones bajo el respectivo Acuerdo de Subvención del Sub proyecto. 4.02. El Evento Adicional de Aceleración consiste en lo siguiente: a saber, que el evento especificado en la Sección 4.01de este Acuerdo ocurre y continúa durante un período de sesenta (60) días después de que la Asociación haya notificado al Receptor acerca del evento. ARTÍCULO V - ENTRADA EN VIGENCIA; TERMINACIÓN. 5.01 La Condición Adicional de Entrada en Vigencia consiste en lo siguiente, a saber, que el Manual Operativo del Proyecto ha sido actualizado y adoptado en forma y con contenidos aceptables para la Asociación.5.02.La Fecha Límite de Vigencia es la fecha de ciento ochenta (180) días después de la Fecha de la Firma. 5.03. Para los fines de la Sección 10.05 (b) de las Condiciones Generales, la fecha en que las obligaciones del Receptor en virtud del presente Acuerdo (distintas de las que establecen obligaciones de pago) finalizar án veinte (20) años después de la Fecha de Firma. ARTÍCULO VI -- REPRESENTANTE; DIRECCIONES. 6.01. El Representante del Receptor es su Secretario de SEFIN. 6.02. Para los fines de la Sección 11.01 de las Condiciones Generales: (a) La dirección del Receptor es: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas Dirección General de Crédito Público Avenida Cervantes, Barrio El Jazmín Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A.; y, (b) La Dirección Electrónica del Receptor es: Telex: Facsimile: Correo Electrónico: (504) 2237-4142 (504)2237-4142 dgcp@sefin.gob.hn 6.03. Para los fines de la Sección 11.01 de las Condiciones Generales: (a) La dirección de la Asociación es: Asociación Internacional de Fomento 1818 H Street, N.W. Washington, D.C. 20433 Estados Unidos de América; y, (b) La Dirección Electrónica de la Asociación es: Telex: Facsimile: Correo Electrónico: 248423 (MCI) 1-202-477-639 y sakho@world bank.org U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 ACORDADO a partir de la Fecha de la Firma. LA REPÚBLICA DE HONDURAS Por ___________Firma y Sello Ilegible__________________ Representante Autorizado Nombre: Rocío Izabel Tabora / n1 / Título: Ministra de Finanzas / t1 / Fecha: 11- abril-2020 / d1 / LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO Por _________________Firma Ilegible________________/s2/ Representante Autorizado Nombre: Y. Seynabou Sakho / n2 / Título: Director Central América Fecha: 26- marzo-2020 / d2 / PRESENCIA DO POR: _________________Firma Ilegible____________________/ s2/ Juan Orlando Hernández Alvarado Presidente de la República de Honduras ANEXO 1 Descripción del Proyecto El objetivo del Proyecto consiste en mejorar el acceso a los mercados y las prácticas climáticas inteligentes y contribuir a la inclusión económica de los beneficiarios en cadenas de valor agrícolas seleccionadas. El Proyecto consta de las siguientes partes: Parte 1: Apoyo para mejorar la competitividad, resiliencia e innovación de las iniciativas de agronegocios (a) Apoyar actividades de preinversión para, entre otras cosas(

  • i)

    identificar, promover, crear, consolidar y promover la innovación en alianzas productivas entre OPR, socios comerciales e IFP; (

  • ii)

    identificar oportunidades comerciales potenciales para las alianzas productivas; (

  • iii)

    convertir las oportunidades comerciales en planes comerciales;(iv)crear capacidad entre los proveedores de servicios técnicos para mejorar la calidad de sus servicios para las alianzas productivas; (v) llevar a cabo estudios para promover cadenas de valor específicas para la construcción de resiliencia, evaluar el potencial de los Subproyectos para contribuir a la mitigación del cambio climático y la resiliencia e inclusión económica de grupos históricamente marginados; y (vi) desarrollar e implementar estrategias de comunicación para facilitar la formación de alianzas productivas para pequeños agricultores de subsistencia y beneficiarios indígenas y afrodescendientes. (b) Proporcionar Subvenciones a los Subproyectos para la implementación de Subproyectos preparados en el contexto de planes de negocios conjuntos con mercados o compradores identificados, para alianzas productivas entre OPR y al menos una empresa o agente de agronegocios y otros agentes aliados que contribuyen con un servicio en apoyo al Sub proyecto que será llevado a cabo en el Área del Proyecto y que será co financiado por: (i) una contribución de contrapartida en efectivo o en especie por parte de la OPR; y (ii) una IFP, todo de acuerdo con las U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuerdos y Leye 5 disposiciones establecidas en el Manual Operativo del Proyecto. Parte 2: Apoyo a la modernización del entorno propicio a los agronegocios de Honduras. (a) Mejorar los servicios públicos seleccionados de agronegocios (incluidos los servicios sanitarios y fitosanitarios) críticos para habilitar los agronegocios al identificar las barreras clave, en la funcionalidad de las principales instituciones que brindan servicios públicos para agronegocios (es decir, SENASA y ARSA) y luego implementar soluciones para abordar las barreras identificadas. (b) (

    • i)

      Mejorar la coordinación público-privada sobre políticas de agronegocios para mejorar la cooperación entre los sectores público y privado sobre políticas, regulaciones e información relacionada con la habilitación del entorno de agronegocios; y (

    • ii)

      proporcionar asistencia técnica para el establecimiento y operación de un consejo nacional de agricultura bajo la SAG para promover un diálogo regular en asuntos agrícolas entre las entidades relevantes del sector público y privado; y (

    • iii)

      desarrollar una estrategia nacional de logística agrícola y un sistema nacional de información agro climática bajo dicho consejo nacional de agricultura. Parte 3: Apoyo a la gestión de proyectos Apoyo a INVEST-H en relación con la gestión, coordinación e implementación del Proyecto, que incluye, entre otras cosas (a) actividades de monitoreo, evaluación de resultados y evaluación de impacto; (b) implementación