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24 de noviembre de 2018Vigente

Decreto Legislativo No. 75-2018 — Aprobación de la Modificación No. 3 del Contrato de Servicios de Consultoría para Revisión, Actualización y Supervisión del Proyecto: Ampliación y Mejoramiento de la Carretera La Esperanza-Camasca

Congreso Nacional

  • Decreto: 75-2018
  • Publicación: 24 de noviembre de 2018
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,803

Considerandos

Que la Secretaría de Estado en el los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), ahora Secretaría de Estado en los Despacho de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y la Empresa Asociación de Consultores de Ingeniería, S. de R.L. (ACI), suscribieron el 26 de Julio del año 2011 el Contrato de Servicios de Consultoría para la Revisión, Actualización y Supervisión del Proyecto, Ampliación y Mejoramiento de la Carretera La Esperanza-Camasca, el cual ha sido modificado mediante tres modificaciones de Contrato.

Que debido a que el Contratista, por distintas razones, que van desde atrasos que tuvo por la trituración de agregados, las distintas pruebas que tuvo que realizar para obtener la fórmula correcta para la colocación de concreto hidráulico en el pavimento, el incremento en la cantidad de accesos a propiedades y detalles menores, además del período con altas precipitaciones en la zona del proyecto, se le ha concedido un plazo adicional de 150 días para terminar todas las obras de la carretera, razón por la cual se hace necesario también la ampliación del monto y plazo a la Empresa Asociación de Consultores de Ingeniería, S. de R.L. (ACI), responsable de la Supervisión del Proyecto, para la correcta ejecución de las actividades y finalización del proyecto.

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar, los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar leyes.

Que con fecha 26 de Julio de 2011, el señor Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI) y la Empresa ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERIA S. de R.L. (ACI) suscribieron el CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA – CAMASCA”, con un monto de Un Millón Setecientos Setenta y Cinco Mil Ciento Ocho Dólares de Estados Unidos Americanos con ochenta y siete centavos (US$ 1,775,108.87), y un plazo de veintisiete (27) meses calendario, contados a partir de la orden de inicio, que fue emitida a partir del 27 de Octubre de 2011, mediante Oficio DM. 0714-2011 del 25 de Octubre de 2011. CONSIDERANDO 1: Que la Firma Supervisora ACI de acuerdo con lo establecido en EL CONTRATO de Servicios Profesionales, Apartado Condiciones Especiales del Contrato (CEC), numeral 8 y IV. Apéndice, ÁPENDICE A- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS, numeral 1. Revisión y Actualización del Estudio, realizó una revisión y rediseño al Proyecto, dando como resultado un aumento de cantidades de Obra e incorporación de nuevas actividades, con el propósito de mejorar la seguridad de los usuarios de la carretera y garantizar la durabilidad de las Obras.CONSIDERANDO 2: Que el Contrato de la Empresa Astaldi Constructora responsable de la Ejecución del Proyecto estaba vigente hasta el 15 de abril del 2014, por lo cual fue necesaria la presencia de la Firma Supervisora ACI para continuar controlando la buena ejecución de las Obras ejecutadas por el CONTRATISTA hasta esa fecha contractual. CONSIDERANDO 3: Que la fecha del CONTRATO de la Empresa ACI finalizó el 26 de Enero del 2014, por lo cual fue necesario legalizar en tiempo la Modificación Contractual No.1, hasta el 15 de Mayo de 2014 para dar seguimiento a la ejecución de las Obras realizadas por parte del CONTRATISTA, manteniendo su presencia hasta el mes de Agosto de 2014, en vista que el CONTRATISTA pro siguió ejecutando Obra teniendo como evidencia el Acta de Suspensión del Proyecto, en espera de la aprobación de fondos para implementar las Obras adicionales del Proyecto. CONSIDERANDO 4: Que con fecha 15 de Julio de 2014, mediante Oficio DGC No. 1541-14 se le notificó al Supervisor la suspensión temporal de actividades a partir del 01 de Septiembre de 2014, hasta que hubiere una confirmación de la obtención de los fondos requeridos para finalizar la Obra, instrucción que fue girada también al CONTRATISTA Astaldi S.p.A. mediante Oficio DGC No. 1435-14 del 24 de julio de 2014, con suspensión a partir del 01 de Agosto de 2014. CONSIDERANDO 5: Que producto del rediseño, el monto del Proyecto se incrementó en VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES DÓLARES CON 95/100 (US$ 21,508,793.95), por lo que el Gobierno de Honduras inició en el mes de Noviembre de 2012 la gestión de fondos adicionales, el cual fue aprobado el 3 de Agosto de 2015 por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) mediante Resolución No. DI-71/2015 el Préstamo No. U D I-D EG T-U N AH 2162. CONSIDERANDO 6: Que con fecha 16 de febrero del 2016 fue firmada la Modificación No. 02, aprobada según Decreto No 67-2016, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de julio del 2016 por un monto de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTAYSIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES CON 33/100 (US$ 2,937,556.33), con un Plazo adicional para supervisar la Obra de trece (13) meses calendario, contados a partir de la fecha que se emitió la Orden de Reinicio, el 01 de Junio de 2016. CONSIDERANDO 7: Que para poder supervisar las obras pendientes de ejecutar en el Proyecto y asegurar la calidad de las mismas se requiere la presencia de la Firma Supervisora ACI, en vista de que al CONTRATISTA, por distintas razones, que van desde atrasos que tuvo para la trituración de agregados, las distintas pruebas que tuvo que realizar hasta obtener la fórmula correcta para la colocación de concreto hidráulico en el pavimento, el incremento en la cantidad de accesos a propiedades y detalles menores, además del período con altas precipitaciones en la zona del Proyecto, se le ha concedido un plazo adicional de 150 días para terminar todas las Obras en la carretera, por lo anteriormente descrito, se hace necesaria la ampliación del monto y tiempo; con un monto adicional de hasta TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTAY NUEVE DÓLARES CON 28/100 (US$ 328,999.28), que sumado al monto del CONTRATO original, más el monto de la Modificación No.02, asciende a la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO DÓLARES CON 61/100 (US$ 3,266,555.61), con un Plazo adicional para supervisar la Obra de Dieciocho (18) meses calendario, contados a partir de la fecha de la Orden de Reinicio, es decir del 01 de junio del 2016 hasta el 30 de noviembre 2017.

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar en todas y cada una de sus partes la MODIFICACIÓN No.3 DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA-CAMASCA, en la cual se está ampliando el monto en trescientos veintiocho mil novecientos noventa y nueve punto veintiocho dólares (US$ 328, 999.28), para un nuevo monto total de tres millones doscientos sesenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco punto sesenta y un dólares (US$ 3,266,555.61) y ampliando el plazo de ejecución en cinco (5) meses, para un plazo total de dieciocho (18) meses calendario, contados a partir de la orden de reinicio, suscrita entre el Licenciado ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, actuando en su condición de Secretario de Estado POR LEYen los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y el Ingeniero ROBERTO ANTONIO ARÍSTIDES ANDINO BARAHONA, en representación de la Empresa Asociados de Consultores en Ingeniería, S. de. R.L. (ACI), a los 18 días del mes de agosto del año dos mil diecisiete; que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP). MODIFICACIÓN No.3 CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO: AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA-CAMASCA. ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, Licenciado de Administración de Empresas, con Tarjeta de Identidad No.0801-1952-02732 y de este domicilio, nombrado mediante Acuerdo No.238-2014 de fecha 21 de marzo de 2014 en el cargo de Subsecretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y actuando en mi condición de SECRETARIO DE ESTADO, POR LEY EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP), según Acuerdo de Delegación No.22-2017 de fecha 24 de enero de 2017, Representante de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y en consecuencia Representante del Estado de Honduras; y, ROBERTO ARÍSTIDES ANDINO BARAHONA, hondureño, de este domicilio, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, con Tarjeta de Identidad No.0801-1950- 00603, actuando en representación de la Empresa ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERIA S. de R.L. (ACI) y que en adelante se denominará U D I-D EG T-U N AH “EL CONSULTOR”, por otra parte, hemos convenido en suscribir la presente MODIFICACIÓN No. 3 AL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DELPROYECTO: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA – CAMASCA”, a los 18 días del mes de Agosto de 2017. CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de Julio de 2011, el señor Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI) y la Empresa ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERIA S. de R.L. (ACI) suscribieron el CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA – CAMASCA”, con un monto de Un Millón Setecientos Setenta y Cinco Mil Ciento Ocho Dólares de Estados Unidos Americanos con ochenta y siete centavos (US$ 1,775,108.87), y un plazo de veintisiete (27) meses calendario, contados a partir de la orden de inicio, que fue emitida a partir del 27 de Octubre de 2011, mediante Oficio DM. 0714-2011 del 25 de Octubre de 2011. CONSIDERANDO 1: Que la Firma Supervisora ACI de acuerdo con lo establecido en EL CONTRATO de Servicios Profesionales, Apartado Condiciones Especiales del Contrato (CEC), numeral 8 y IV. Apéndice, ÁPENDICE A- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS, numeral 1. Revisión y Actualización del Estudio, realizó una revisión y rediseño al Proyecto, dando como resultado un aumento de cantidades de Obra e incorporación de nuevas actividades, con el propósito de mejorar la seguridad de los usuarios de la carretera y garantizar la durabilidad de las Obras.CONSIDERANDO 2: Que el Contrato de la Empresa Astaldi Constructora responsable de la Ejecución del Proyecto estaba vigente hasta el 15 de abril del 2014, por lo cual fue necesaria la presencia de la Firma Supervisora ACI para continuar controlando la buena ejecución de las Obras ejecutadas por el CONTRATISTA hasta esa fecha contractual. CONSIDERANDO 3: Que la fecha del CONTRATO de la Empresa ACI finalizó el 26 de Enero del 2014, por lo cual fue necesario legalizar en tiempo la Modificación Contractual No.1, hasta el 15 de Mayo de 2014 para dar seguimiento a la ejecución de las Obras realizadas por parte del CONTRATISTA, manteniendo su presencia hasta el mes de Agosto de 2014, en vista que el CONTRATISTA pro siguió ejecutando Obra teniendo como evidencia el Acta de Suspensión del Proyecto, en espera de la aprobación de fondos para implementar las Obras adicionales del Proyecto. CONSIDERANDO 4: Que con fecha 15 de Julio de 2014, mediante Oficio DGC No. 1541-14 se le notificó al Supervisor la suspensión temporal de actividades a partir del 01 de Septiembre de 2014, hasta que hubiere una confirmación de la obtención de los fondos requeridos para finalizar la Obra, instrucción que fue girada también al CONTRATISTA Astaldi S.p.A. mediante Oficio DGC No. 1435-14 del 24 de julio de 2014, con suspensión a partir del 01 de Agosto de 2014. CONSIDERANDO 5: Que producto del rediseño, el monto del Proyecto se incrementó en VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES DÓLARES CON 95/100 (US$ 21,508,793.95), por lo que el Gobierno de Honduras inició en el mes de Noviembre de 2012 la gestión de fondos adicionales, el cual fue aprobado el 3 de Agosto de 2015 por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) mediante Resolución No. DI-71/2015 el Préstamo No. U D I-D EG T-U N AH 2162. CONSIDERANDO 6: Que con fecha 16 de febrero del 2016 fue firmada la Modificación No. 02, aprobada según Decreto No 67-2016, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de julio del 2016 por un monto de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTAYSIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES CON 33/100 (US$ 2,937,556.33), con un Plazo adicional para supervisar la Obra de trece (13) meses calendario, contados a partir de la fecha que se emitió la Orden de Reinicio, el 01 de Junio de 2016. CONSIDERANDO 7: Que para poder supervisar las obras pendientes de ejecutar en el Proyecto y asegurar la calidad de las mismas se requiere la presencia de la Firma Supervisora ACI, en vista de que al CONTRATISTA, por distintas razones, que van desde atrasos que tuvo para la trituración de agregados, las distintas pruebas que tuvo que realizar hasta obtener la fórmula correcta para la colocación de concreto hidráulico en el pavimento, el incremento en la cantidad de accesos a propiedades y detalles menores, además del período con altas precipitaciones en la zona del Proyecto, se le ha concedido un plazo adicional de 150 días para terminar todas las Obras en la carretera, por lo anteriormente descrito, se hace necesaria la ampliación del monto y tiempo; con un monto adicional de hasta TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTAY NUEVE DÓLARES CON 28/100 (US$ 328,999.28), que sumado al monto del CONTRATO original, más el monto de la Modificación No.02, asciende a la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO DÓLARES CON 61/100 (US$ 3,266,555.61), con un Plazo adicional para supervisar la Obra de Dieciocho (18) meses calendario, contados a partir de la fecha de la Orden de Reinicio, es decir del 01 de junio del 2016 hasta el 30 de noviembre 2017. POR TANTO, y en base a lo anterior, las partes convienen: PRIMERO: Modificar las siguientes Cláusulas de las Condiciones Especiales del Contrato como se detalla a continuación: CLÁUSULA 8: (PLAZO) CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC). 8) Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución del CONTRATO será a partir de la Orden de Inicio emitida por la Dirección General de Carreteras (DGC) el 27 de Octubre de 2011, otorgando un plazo adicional de Dieciocho (18) meses calendario, contados a partir de la fecha de la Orden de Reinicio, es decir del 01 de Junio del 2016 hasta el 30 de noviembre 2017 para la supervisión de la Obra, el cual es efectivo a partir de la fecha en que se emitió la Orden de Reinicio a raíz de la suspensión temporal indicada en el Considerando 4 de esta Modificación No.3, y adicionando el plazo durante el cual el Proyecto haya estado sin ejecución. Plazo que estará sujeto a extensiones autorizadas por el Gobierno con la No Objeción del BCIE, de acuerdo a las Especificaciones y Disposiciones Especiales o por causa de fuerza mayor. Cuando el plazo de ejecución se modificase por aumento en las cantidades de Obra del Proyecto, el plazo incrementado estará de acuerdo a un estudio que para tal fin se hará del programa de trabajo,y de común acuerdo de las partes.CLÁUSULA 12: (MONTO) CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC). 12) MONTO: El monto máximo en moneda extranjera es de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO DÓLARES CON 61/100 (US$ 3,266,555.61), el cual se desglosa a continuación: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH Hombres - Mes Monto Total VIENEN…………… 932,488.45 103,783.15 1,036,271.60 2.1 372,995.45 41,513.26 414,508.71 TOTAL BENEFICIOS SOCIALES 372,995.45 41,513.26 414,508.71 3 GASTOS DIRECTOS 3.1 Materiales y Suministros 3.1.1 Materiales de Oficina y de Dibujo MES 264.62 12,415.34 5.00 1,323.10 13,738.44 3.1.2 Insumo para Equipo de Cómputo MES 264.62 12,488.15 5.00 1,323.10 13,811.25 3.1.3 Materiales de Campo y Cuadrilla (Topografía y Laboratorio) MES 264.62 12,150.09 5.00 1,323.10 13,473.19 Sub Total Materiales y Suministros 37,053.58 3,969.30 41,022.88 3.2 Gastos de operación y oficina 3.2.1 Reproducción de Documentos MES 264.62 12,653.39 5.00 1,323.10 13,976.49 3.2.2 Planos e Informe Final Global 1,587.71 3,175.42 1.00 1,587.71 4,763.13 3.2.3 Alquiler Oficinas / Viviendas de Campo MES 793.86 111,193.33 15.00 11,907.90 123,101.23 3.2.4 Servicios Públicos MES 264.62 7,830.64 5.00 1,323.10 9,153.74 3.2.5 Comunicaciones MES 264.62 12,336.19 5.00 1,323.10 13,659.29 3.2.6 Subsistencia Ingenieros MES 211.70 22,849.49 10.00 2,117.00 24,966.49 3.2.7 Subsistencia Personal de Apoyo MES 158.77 115,314.68 84.00 13,336.68 128,651.36 3.2.8 Viáticos Personal Profesional Global 1.00 11,997.67 1.00 3,572.40 15,570.07 3.2.9 Movilización y retiro Global 1.00 1,058.48 1.00 - 1,058.48 3.2.10 Seguro patronal Global 1.00 19,619.84 1.00 2,500.00 22,119.84 Sub Total Gastos de Operación y Oficina 318,029.13 38,990.99 357,020.12 3.3 Utilización de Equipo 3.3.1 Uso de Vehículos MES 1,058.48 316,944.24 32.25 34,135.98 351,080.22 3.3.2 Uso de Equipo de Topografía MES 793.86 40,698.56 5.00 3,969.30 44,667.86 3.3.3 Uso de Equipo de Laboratorio MES 793.86 34,135.98 5.00 3,969.30 38,105.28 3.3.4 Alquiler Menaje de Oficinas y Viviendas MES 635.09 29,933.91 5.00 3,175.45 33,109.36 TOTAL EQUIPO 421,712.69 45,250.03 466,962.72 TOTAL GASTOS DIRECTOS 776,795.40 88,210.32 865,005.72 4.1 456,919.33 50,853.74 507,773.07 4.2 116,519.32 13,231.55 129,750.87 573,438.65 64,085.29 637,523.94 5.1 281,838.38 31,407.26 313,245.64 281,838.38 31,407.26 313,245.64 2,937,556.33 328,999.28 3,266,555.61 2,937,556.33 328,999.28 3,266,555.61 AMPLIACIÓN No. 03 DEL MONTO EN RELACION AL CONTRATO ORIGINAL TOTAL NUEVO MONTO DEL CONTRATO 15% del Total Sueldos y Salarios + Beneficios Sociales + Gastos Generales TOTAL HONORARIOS TOTAL RESUMEN MONTO DEL CONTRATO VIGENTE AL 30 DE JUNIO DE 2017 HONORARIOS 35% de Total Sueldos y Salarios + Beneficios Sociales (Modificación No. 03) Estimado 05 Meses BENEFICIOS SOCIALES (40% de Sueldos y salarios) 15% del Total de Gastos Directos TOTAL GASTOS GENERALES Total Modificación No. 03 No. Descripción de los Costos No. Personas Costo USD /mes Monto del Contrato Vigente al 30 de Junio de GASTOS GENERALES SEGUNDO: El Consultor deberá ampliar la vigencia de las cauciones correspondientes de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratación del Estado y en las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente. TERCERO: Todas las disposiciones del CONTRATO Original que no hayan sufrido alteración en la presente Modificación continúan vigentes. En fe de lo anterior firmamos la presente Modificación No.03 AL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DELPROYECTO:“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LA ESPERANZA – CAMASCA” en la ciudad de Comayagüela, a los dieciocho días del mes de Agosto del 2017. (F Y S) ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, Secretario de Estado en los Despachos U D I-D EG T-U N AH de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) CONTRATANTE. (F Y S) ROBERTO ANDINO BARAHONA, Representante Legal ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERIA, S. de R.L. (ACI)”.

Articulo 2.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de julio del dos mil dieciocho. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de septiembre de 2018. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ FE DE ERRATA