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2 de diciembre de 2017Vigente

Decreto Legislativo No. 55-2016 — Aprobación de Contrato para Manejo de Desechos Sólidos para Conversión de Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales entre Alcaldía Municipal de La Ceiba y RED, S.A.

Congreso Nacional

  • Decreto: 55-2016
  • Publicación: 2 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,507

Considerandos

Que el Estado de Honduras garantiza la protección del medio ambiente, lo que incluye la implementación de un adecuado sistema de recolección de desechos sólidos, a fin de evitar cualquier tipo de enfermedades que contaminen a los habitantes.

Que el Artículo 13 numerales 3) y 15) reforma de la Ley de Municipalidades, contenida en el Decreto No.134-90, de fecha 7 de Noviembre de 1990, corresponde a las municipalidades: el “ornato e higiene municipal” así como, “autorizar la prestación indirecta de servicios públicos municipales por medio de contratos de concesión o de gestión o, de una combinación de ambos, otorgados a empresarios calificados”.

Que en fecha 14 de Abril de 2015, la Corporación Municipal de la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida, según Acta No.10, Punto 7, inciso b) se aprobó por parte de la Corporación Municipal, el Contrato para Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión de Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales entre la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Ceiba y la Empresa RED, S.A.; y asimismo, se autorizó al señor Alcalde Municipal la firma del Contrato; y, además, se firmó el Contrato de Usufructo del Predio o Terreno en el cual se encuentra el Botadero Municipal.

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República es competencia del Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

Texto completo

EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras garantiza la protección del medio ambiente, lo que incluye la implementación de un adecuado sistema de recolección de desechos sólidos, a fin de evitar cualquier tipo de enfermedades que contaminen a los habitantes. CONSIDERANDO: Que el Artículo 13 numerales 3) y 15) reforma de la Ley de Municipalidades, contenida en el Decreto No.134-90, de fecha 7 de Noviembre de 1990, corresponde a las municipalidades: el “ornato e higiene municipal” así como, “autorizar la prestación indirecta de servicios públicos municipales por medio de contratos de concesión o de gestión o, de una combinación de ambos, otorgados a empresarios calificados”. CONSIDERANDO: Que en fecha 14 de Abril de 2015, la Corporación Municipal de la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida, según Acta No.10, Punto 7, inciso b) se aprobó por parte de la Corporación Municipal, el Contrato para Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión de Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales entre la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Ceiba y la Empresa RED, S.A.; y asimismo, se autorizó al señor Alcalde Municipal la firma del Contrato; y, además, se firmó el Contrato de Usufructo del Predio o Terreno en el cual se encuentra el Botadero Municipal. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República es competencia del Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.

ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

POR TANTO, D E C R E T A: