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21 de diciembre de 2018Vigente

Decreto Legislativo No. 112-2018 — Aprobación de Contrato de Servicios de Consultoría Individual para Adecuación de Planes Municipales de Gestión de Riesgos - Grupo 3

Congreso Nacional

  • Decreto: 112-2018
  • Publicación: 21 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,826

Considerandos

Que la República de Honduras ha suscrito el Convenio de Crédito con la Asociación Internacional de Fomento (AIF) Crédito AIF 5190- HN “Proyecto Gestión de Riesgos de Desastres”.

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.

Articulos

Articulo 1.-

Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL PARA LA ADECUACIÓN DE PLANES MUNICIPALES DE GESTIÓN DE RIESGOS (PMGR) EN: CHOLOMA, PIMIENTA, SAN ANTONIO DE CORTÉS,SAN FRANCISCO DE YOJOA Y SAN MANUEL, DEL DEPARTAMENTO DE CORTÉS, PETOA EN EL DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA.- GRUPO 3, CONTRATO No. PGRD-CI-036-2017, que comprende el Contrato de Préstamo No. 5190-HN “Proyecto Gestión de Riesgos de Desastres”, suscrito el 18 de Diciembre de 2012, por el Asociación Internacional de Fomento (AIF) y el Gobierno de la República de Honduras por la cantidad de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 19,500,000.00), aprobado por el Congreso Nacional en fecha treinta (30) días del mes de Enero del año dos mil trece (2013) y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintisiete (27) de Febrero de dos mil trece (2013), suscrito entre el Licenciado Lisandro Rosales Banegas, actuando en representación de la COMISIÓN PERMANENTE DE CONTINGENCIAS (COPECO) y el Licenciado Fernando Ramírez Gómez, en calidad de Consultor, que literalmente dice: U D I-D EG T-U N AH “SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL PARA LA ADECUACIÓN DE PLANES MUNICIPALES DE GESTIÓN DEL RIESGO (PMGR) EN: CHOLOMA, PIMIENTA, SAN ANTONIO DE CORTÉS, SAN FRANCISCO DE YOJOA YSAN MANUEL, DEL DEPARTAMENTO DE CORTÉS, PETOA, EN EL DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA.- GRUPO 3, CONTRATO No. PGRD- CI-036-2017.- ESTE CONTRATO se celebra a los siete (07) días de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017) entre LISANDRO ROSALES BANEGAS, mayor de edad, hondureño, Licenciado en Administración de Empresas, con Tarjeta de Identidad No. 0801-1969-09300 y de este domicilio; actuando en su condición de Comisionado Nacional de COPECO nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 02- 2016 del 14 de Enero de 2016, emitido por el Presidente Constitucional de la República de Honduras y actuando en representación de la COMISIÓN PERMANENTE DE CONTINGENCIAS (COPECO), quien en lo sucesivo se denominará “EL CONTRATANTE”, y por otra parte FERNANDO RAMÍREZ GÓMEZ, mayor de edad, casado, Licenciado en Sociología, de nacionalidad Colombiana, con Pasaporte No.AR653457, correo electrónico: clorito1@outlook.com y con domicilio Calle 62 No. 7-33 Apto 1004, Bogotá, Colombia, Teléfonos: Celular: (571) 249-75-37, quien en lo sucesivo se denominará “EL CONSULTOR”, el que se sujeta a los considerandos y cláusulas siguientes: CONSIDERANDO QUE: el Contratante tiene interés en que el Consultor preste los servicios que se señalan a continuación y CONSIDERANDO QUE el Consultor está dispuesto a prestar dichos servicios; POR LO TANTO, LAS PARTES convienen en lo siguiente:

  • 1)

    Servicios: (i) El Consultor prestará los servicios (los “Servicios”) que se especifican en el Anexo A, “Términos de Referencia y Alcance de los Servicios”, que forma parte integral de este Contrato; (ii) El Consultor presentará los productos al Contratante en la forma señalados en el Anexo B “Listado Detalle Mínimo Contenido en cada Producto a Presentar”;

  • 2)

    Plazo: El Consultor prestará los Servicios establecidos en el Anexo “A” y entregará los productos de la consultoría individuad para la Adecuación de Planes Municipales de Gestión del Riesgo (PMGR) en: Choloma, Pimienta, San Antonio de Cortés, San Francisco de Yojoa y San Manuel del Departamento de Cortés, Petoa en el Departamento de Santa Bárbara.- GRUPO No.3 dentro de un plazo máximo de (150) CIENTO CINCUENTA DÍAS CALENDARIOS, contados a partir del 07 de Septiembre fecha de la firma del contrato, conforme al Cronograma de Actividades acordado entre el CONSULTOR y el CONTRATANTE, tomando como referencia los plazos establecidos en la Cláusula 3, (B). Calendario de Pagos, abajo descrita o durante cualquier otro período en que las Partes pudieran convenir posteriormente por escrito;

  • 3)

    Pagos: A.- Monto máximo.- El Contratante pagará al Consultor una suma no superior a VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS DÓLARES CON 67/100 (US$. 26,666.67) por los servicios prestados conforme a lo indicado en el Anexo “A”. Dicha suma ha sido establecida en el entendido de que incluye todos los costos y honorarios para el Consultor, así como cualquier obligación tributaria a que éste pudiera estar sujeto; B.- Calendario de pagos: El calendario de pagos será el siguiente: Primer Pago: Equivalente al 10% del monto total de la consultoría, con la presentación y aprobación del Plan de trabajo y Propuesta Metodológica Final, entregado a los (10) diez días de la firma del contrato; Segundo Pago: Equivalente al 15% del monto total de la consultoría, contra la presentación y aprobación del Informe de Avance II con la caracterización del entorno regional (socio-económico y ambiental), y municipal desde la perspectiva del riesgo de desastres, análisis de actores relevantes en la gestión del riesgo y escenarios de riesgo por inundaciones y deslizamientos, desarrollados para los municipios de Choloma, Pimienta, San Antonio de Cortés en el Departamento de Cortés, entregado a los (45) cuarenta y cinco días de la firma del contrato; Tercer Pago: Equivalente al 15% del monto total de la consultoría, contra presentación y aprobación del Informe de Avance III con la caracterización del entorno regional (socio- económico y ambiental) y municipal desde la perspectiva del riesgo de desastres, análisis de actores relevantes en la gestión del riesgo y escenarios de riesgo por inundaciones y deslizamientos y escenarios de riesgo desarrollados para los municipios de: San Francisco de Yojoa y San Manuel en el Departamento de Cortés y Petoa en el Departamento de Santa Bárbara, entregado a los (75) setenta y cinco días calendario a partir de la firma del contrato; Cuarto Pago: Equivalente al 20% del monto total de la consultoría, contra presentación y aprobación del Informe de Avance IV, con documentos preliminares denominados “Bases para la incorporación de la gestión de riesgos (GR) en la planificación municipal” de los municipios de: Choloma, Pimienta, San Antonio de Cortés en el Departamento de Cortés; integrando la caracterización del entorno regional (socio-económico y ambiental), y municipal desde la perspectiva del riesgo de desastres, análisis de actores relevantes en la gestión del riesgo, escenarios de riesgo, proyecciones de las situaciones actuales de riesgo y propuestas de intervención (110) días calendario a partir de la firma del U D I-D EG T-U N AH contrato; Quinto Pago: Equivalente al 20% del monto total de la consultoría, contra presentación y aprobación del Informe de Avance V, con documentos preliminares denominados “Bases para la incorporación de la gestión de riesgos (GR) en la planificación municipal” de los municipios de: San Francisco de Yojoa y San Manuel en el Departamento de Cortés, integrando la caracterización del entorno regional (socio-económico y ambiental) y municipal desde la perspectiva del riesgo de desastres, análisis de actores relevantes en la gestión del riesgo, escenarios de riesgo, proyecciones de las situaciones actuales de riesgo y propuestas de intervención. (130) días calendarios a partir de la firma del contrato; Sexto Pago: Equivalente al 20% del monto total de la consultoría, contra presentación y aprobación del Informe Final con documentos denominados “Bases para la incorporación de la gestión de riesgos (GR) en la planificación municipal” en su versión final correspondiente a los municipios de: Choloma, Pimienta, San Antonio de Cortés, San Francisco de Yojoa y San Manuel en el Departamento de Cortés; con la estructura mínima sugerida por PGRD-COPECO, integrando los insumos relevantes resultantes del proceso de socialización de los escenarios de riesgos realizados por PGRD-COPECO, ajuste de escenarios de riesgo, proyecciones de las situaciones actuales de riesgo y propuestas de intervención ajustado entregados (150) días calendario a partir de la firma del contrato.- Los informes y productos finales deberán ser dirigidos y entregados por el Consultor al Coordinador del contrato, señalado en el numeral 4 “Administración de los Servicios”.- El Contratante tendrá un plazo de (5) cinco días calendario para la revisión de cada informe y emitir observaciones al Consultor.-C.-Condiciones de Pago; Los pagos se efectuarán en Dólares de los Estados Unidos de América dentro de los (30) treinta días contados a partir de la presentación y aprobación de los productos y la factura en duplicado al Coordinador del Contratante designado en la Cláusula 4. Administrador de los Servicios, mediante transferencia a la cuenta bancaria designada por el Consultor, y/o otro medio de pago aceptable para ambas partes. El cargo que se genere por cada transferencia bancaria será responsabilidad del consultor y cargado a cada uno de los pagos.-4.-Administración de los Servicios.-A.-Coordinador.- El Contratante designa al Especialista de Caracterización y Planificación Territorial como Coordinador de las actividades contempladas en este contrato, la aceptación y aprobación por parte del Contratante de los informes u otros elementos que deban proporcionarse y la recepción y aprobación de las facturas para cursar los pagos. B.- Informes.- Los informes enumerados en el Anexo B, “Obligación del Consultor de presentar Informes”, deberán ser presentados durante el desarrollo de las actividades asignadas y constituirán la base para los pagos que deberán efectuarse conforme a lo indicado en la Cláusula 3.- 5.- Calidad de los Servicios.- El Consultor se compromete a prestar los Servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional.- 6.- Confidencialidad.- Durante la vigencia de este contrato y dentro de los dos años siguientes a su término, El Consultor no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada con los servicios, este contrato o las actividades u operaciones de El contratante sin el consentimiento previo por escrito de este último.- 7.-Propiedad de los materiales.- Todos los estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por el Consultor para El Contratante en virtud de este Contrato serán de propiedad del Contratante. El Consultor podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación.- 8.- Prohibición al Consultor de participar en ciertas actividades.- El Consultor conviene en que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguna entidad afiliada a éste podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de los Servicios y de cualquier continuación de los mismos) para cualquier proyecto que se derive de los Servicios o esté estrechamente relacionado con ellos.- 9.- Seguros.- El Consultor será responsable de contratar los seguros pertinentes.- 10.- Cesión.- El Consultor no podrá ceder este Contrato o subcontratar ninguna parte del mismo, sin el consentimiento previo por escrito del Contratante.- 11.-Rescisión del Contrato.- El presente contrato podrá ser rescindido por las siguientes causas:

    • a)

      Por decisión de ambas partes;

    • b)

      cuando por causas de fuerza mayor se imposibilite el cumplimiento de las obligaciones por cualquiera de las partes y se dé aviso con quince (15) días de anticipación por medio escrito,ninguna de las partes incurrirá en incumplimiento, y se procederá a finiquitar la relación y al pago por los servicios prestados a la fecha de presentación de la justificación por medio escrito;

    • c)

      por incumplimiento del Convenio de Crédito o de cualquier otra Norma vinculada a este Proyecto con financiamiento externo; y,

    • d)

      por desempeño insatisfactorio de las actividades asignadas bajo este contrato con la debida aprobación del Gerente de Proyecto del Banco;

    • e)

      la suspensión o cancelación del préstamo o donación, puede dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación que al pago correspondiente a los servicios ya ejecutados a la fecha de la vigencia de la rescisión o resolución del contrato.-12.- Modificación.- Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este contrato, incluido el Alcance de los Servicios y el Precio del Contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes y dicha modificación no entrará en U D I-D EG T-U N AH vigor hasta que la Asociación Internacional de Fomento, haya expresado su conformidad.- 13.- Ley e idioma por lo que se regirá el Contrato.- El Contrato se regirá por las Leyes de Honduras, y el idioma del Contrato será el Español.- 14.- Pago de Impuesto.- El CONTRATANTE de cada pago que realice a el Consultor, hará la deducción del 25%(Veinticinco por ciento) para pago de Impuesto Sobre la Renta, según el Artículo 50 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de la República de Honduras y su Reglamento.- 15.- Solución de Controversia.- Cualquier divergencia que se presente deberá ser resuelta por la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), que previo estudio dictará la resolución y la comunicará a EL CONSULTOR. Dicha resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa y se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Justicia del País. 16.- Fraude y Corrupción.- El Consultor declara que ha leído y acepta lo establecido en el Anexo “C”, “Cláusulas de Fraude y Corrupción” publicada por el Banco Mundial conforme establecidas en las Normas de Selección y Contratación de Consultores.- FIRMAS: POR EL CONTRATANTE: (FYS) LISANDRO ROSALES BANEGAS, COMISIONADO NACIONAL DE COPECO.Y POR EL CONSULTOR:(F)FERNANDO RAMÍREZ GÓMEZ”.

Articulo 2.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los once días del mes de octubre del dos mil dieciocho. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALVADOR VALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de diciembre de 2018. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. ROCIO IZABEL TÁBORA