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28 de abril de 2018Vigente

Decreto Legislativo No. 133-2014 — Aprobación de Contrato No. 062-2014 de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica Asociada con Aerowind, S.A. de C.V.

Congreso Nacional

  • Decreto: 133-2014
  • Publicación: 28 de abril de 2018
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,627

Considerandos

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, son atribuciones del Congreso Nacional, crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Que los costos de generación de energía eléctrica con recursos térmicos, se han visto afectados por los efectos de la crisis financiera mundial, circunstancia que ha producido un incremento desmesurado en sus precios, lo que consecuentemente afecta dramática mente la economía del país, debido al encarecimiento de la importación de combustibles, de los bienes de consumo y consecuentemente el alza en los precios de la energía eléctrica doméstica e industrial, constituyendo suficiente motivo para que el Estado de Honduras, a través de sus diferentes instituciones, busque y provea soluciones adecuadas, ágiles y rápidas orientadas a resolver la problemática energética nacional.

Que el Congreso Nacional en el ámbito de las soluciones requeridas y del aprovechamiento de los recursos con que cuenta el país, emitió el Decreto Legislativo No. 158-94 “Ley Marco del Sub-Sector Eléctrico”, el Decreto Legislativo No. 70-2007 “Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables”; marco legal que ofrece a los desarrolladores de proyectos con energía renovable los incentivos convenientes para la inversión segura y confiable de sus recursos financieros en el desarrollo de sus proyectos; adicionalmente provee a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), los medios para la compra de energía garantizando un precio sustancialmente inferior al costo de compras de energía proveniente de plantas generadoras que utilizan combustibles fósiles no renovables, con el proceso de cambio de la matriz energética del país, el que paulatinamente redundará en beneficio de la colectividad nacional, instrumento que producirá efectos positivos en el mejoramiento de la economía del país, ya que contribuye al desarrollo y la generación de energía eléctrica con fuentes naturales limpias y sostenibles; mejora la calidad de vida de la población; evita la contaminación y el deterioro del ambiente; además de contribuir a fortalecer la inversión nacional.

Que la Sociedad Mercantil Aerowind, S. A. de C.V. ha solicitado a la Empresa Nacional de Energía U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Eléctrica (ENEE) realizar las acciones legales pertinentes, al amparo del Artículo 12 de la Ley Marco del Subsector Eléctrico; y el Artículo 3 numeral 2) del Decreto Legislativo No. 70-2007.

Que la Sociedad Mercantil Aerowind, S.A. de C.V. es un generador de energía eléctrica, legalmente constituido según Escritura Pública de Constitución de la Sociedad No.43 de fecha 17 de Septiembre de 2010. Con los permisos que autoriza el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA), Constancia de fecha 7 de Marzo de 2013 de tener en trámite el Contrato de Operación y la Licencia Ambiental se encuentra en trámite, respectivamente.

Que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en fecha 27 de Junio del 2014 suscribió, con todos los requisitos de Ley, el Contrato No.

Texto completo

EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, son atribuciones del Congreso Nacional, crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. CONSIDERANDO:Que los costos de generación de energía eléctrica con recursos térmicos, se han visto afectados por los efectos de la crisis financiera mundial, circunstancia que ha producido un incremento desmesurado en sus precios, lo que consecuentemente afecta dramática mente la economía del país, debido al encarecimiento de la importación de combustibles, de los bienes de consumo y consecuentemente el alza en los precios de la energía eléctrica doméstica e industrial, constituyendo suficiente motivo para que el Estado de Honduras, a través de sus diferentes instituciones, busque y provea soluciones adecuadas, ágiles y rápidas orientadas a resolver la problemática energética nacional. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional en el ámbito de las soluciones requeridas y del aprovechamiento de los recursos con que cuenta el país, emitió el Decreto Legislativo No. 158-94 “Ley Marco del Sub-Sector Eléctrico”, el Decreto Legislativo No. 70-2007 “Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables”; marco legal que ofrece a los desarrolladores de proyectos con energía renovable los incentivos convenientes para la inversión segura y confiable de sus recursos financieros en el desarrollo de sus proyectos; adicionalmente provee a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), los medios para la compra de energía garantizando un precio sustancialmente inferior al costo de compras de energía proveniente de plantas generadoras que utilizan combustibles fósiles no renovables, con el proceso de cambio de la matriz energética del país, el que paulatinamente redundará en beneficio de la colectividad nacional, instrumento que producirá efectos positivos en el mejoramiento de la economía del país, ya que contribuye al desarrollo y la generación de energía eléctrica con fuentes naturales limpias y sostenibles; mejora la calidad de vida de la población; evita la contaminación y el deterioro del ambiente; además de contribuir a fortalecer la inversión nacional. CONSIDERANDO: Que la Sociedad Mercantil Aerowind, S. A. de C.V. ha solicitado a la Empresa Nacional de Energía

ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

Eléctrica (ENEE) realizar las acciones legales pertinentes, al amparo del Artículo 12 de la Ley Marco del Subsector Eléctrico; y el Artículo 3 numeral 2) del Decreto Legislativo No. 70-2007. CONSIDERANDO: Que la Sociedad Mercantil Aerowind, S.A. de C.V. es un generador de energía eléctrica, legalmente constituido según Escritura Pública de Constitución de la Sociedad No.43 de fecha 17 de Septiembre de 2010. Con los permisos que autoriza el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA), Constancia de fecha 7 de Marzo de 2013 de tener en trámite el Contrato de Operación y la Licencia Ambiental se encuentra en trámite, respectivamente. CONSIDERANDO: Que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en fecha 27 de Junio del 2014 suscribió, con todos los requisitos de Ley, el Contrato No.