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25 de enero de 2018Vigente

Decreto Legislativo No. 136-2017 — Ampliación del período de vigencia del Decreto No. 21-2016 sobre depuración de la Policía Nacional

Congreso Nacional

  • Decreto: 136-2017
  • Publicación: 25 de enero de 2018
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 34,551

Considerandos

Que la persona humana es el fin supremo del Estado y le corresponde a éste garantizar el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la Ley y a la propiedad.

Que mediante Decreto No.21-2016 de fecha 07 de abril de 2016, se declara situación de Emergencia por Seguridad Nacional e Interés Público, el proceso de depuración de la Policía Nacional, por un período de doce (12) meses, así mismo de otras acciones necesarios para su debida ejecución, dentro de ellas, se autorizó al Poder Ejecutivo para que nombrara una Comisión Especial para el proceso de Depuración y Transformación de la Policía Nacional, integrada por personas de reconocida honorabilidad y trayectoria, quienes en coordinación con el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, determinarán la idoneidad en el servicio, la confianza, capacidad, habilidad, aptitud, competencia, disposición y lealtad que debe poseer todo miembro de la carrera policial, procediendo el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad a suspender o separar a los miembros de la Policía Nacional que no cumplan cualquiera de estas condiciones.

Que mediante Decreto No.2-2017 de fecha 22 de febrero de 2017, se extiende hasta el 20 de enero de 2018, la declaratoria de Situación de Emergencia por Seguridad Nacional e Interés Público del proceso de depuración de la Policía Nacional de Honduras, ampliando la vigencia por doce meses más del Decreto No.21-2016.

Que recientemente el Congreso Nacional aprobó una Nueva Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, así como una nueva Ley de la Carrera Policial, las cuales entran en vigencia el 21 de Enero de 2018, siendo necesario que para garantizar que implementen correctamente la reforma y que se dé continuidad en las tareas de transformación de la Secretaría y la Policía, se prorrogue por doce (12) meses más el Decreto No. 21-2016 de fecha 7 de Abril de 2016, reformado mediante Decreto No. 2-2017 de fecha 22 de Febrero de 2017.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

Articulos

Articulo 2.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, en el Centro de Convenciones del Hotel Jicaral, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil diecisiete. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C., 23 de noviembre de 2017 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA U D I-D EG T-U N AH CONSIDERANDO: Que recientemente el Congreso Nacional aprobó una Nueva Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, así como una nueva Ley de la Carrera Policial, las cuales entran en vigencia el 21 de Enero de 2018, siendo necesario que para garantizar que implementen correctamente la reforma y que se dé continuidad en las tareas de transformación de la Secretaría y la Policía, se prorrogue por doce (12) meses más el Decreto No. 21-2016 de fecha 7 de Abril de 2016, reformado mediante Decreto No. 2-2017 de fecha 22 de Febrero de 2017. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, DECRETA:

Articulo 1.-

Ampliar el período de vigencia por el término de doce (12) meses contados a partir del 21 de Enero de 2018 al 21 de Enero de 2019, del Decreto No. 21-2016, de fecha 7 de Abril de 2016, reformado por Decreto No.2-2017 de fecha 22 de Febrero de 2017.

Articulo 2.-

Durante el período de vigencia la Comisión para el Proceso de Depuración y Transformación de la Policía Nacional, continuará en el ejercicio de sus funciones y procederá a dar seguimiento a la correcta ejecución e implementación de la nueva Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, así como de la Ley de la Carrera Policial, las cuales entran en vigencia el 21 de Enero de 2018.

Articulo 3.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto, Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de enero de 2018 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JULIAN PACHECO U D I-D EG T-U N AH Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “