Decreto Legislativo No. 111-2024 — Adquisición de bienes y servicios de urgencia por Secretaría de Seguridad y Salud
Resumen
Este decreto permite que las Secretarías de Seguridad y Salud compren alimentos, medicinas, combustible y servicios médicos de urgencia sin la autorización usual de compras del Estado, si no están disponibles en el catálogo oficial. También autoriza a Salud a contratar servicios de diálisis por cotización cuando las licitaciones fracasan, garantizando atención a pacientes. La Seguridad puede pagar deudas de arrendamiento de 2023 si cumplen normas y precios justos.
Articulos
Articulo 111
Atendiendo la naturaleza de los servicios que prestan la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, especialmente por la atención inminente que demanda la población, la adquisición de los bienes y servicios asignados en los objetos de gasto: Alimentos y Bebidas para Personas (31100) y su auxiliar (31110) Productos Alimenticios y Bebidas; e Instrumentales, Materiales y Suministros Médicos Menores y de Laboratorio (39500) y sus auxiliares (39510) Instrumental Médico Quirúrgico Menor y (39520) Instrumental y Material para Laboratorio; combustibles y lubricantes, grasas, aceites, repuestos accesorios y servicios para el equipo de seguridad, pueden ser realizadas por las administraciones de las regiones de salud departamentales y los hospitales; y las Unidades Departamentales y Metropolitana de Estación Policial. Cuando la compra de urgencia esté por fuera de cobertura o del catálogo electrónico de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y cuando el producto no se encuentre en el listado de productos descritos en la circular de habilitación del catálogo electrónico, no será necesaria su autorización. Cuando una licitación no cumple las condiciones previamente registradas o por circunstancias legales se declare desierto o fracasado un proceso de contratación de servicios de hemodiálisis y diálisis peritoneal, la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), a través de las regiones departamentales y los hospitales, podrán contratar dichos servicios de urgencia, mediante cotizaciones; para garantizar el derecho a la salud y el derecho a la vida de los pacientes que requieren el servicio público. Los responsables del proceso de compras y contrataciones deben acompañar evidencia de la urgencia y que la subdivisión no se realiza con el fin de evadir techos de contratación. Asimismo, se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, efectuar en el presente ejercicio fiscal, el pago del arrendamiento de vehículos y aeronaves correspondientes al ejercicio fiscal 2023, siempre y cuando se demuestre el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley de Compras y Contrataciones del Estado y los precios no excedan los de mercado, a fin de garantizar la logística de seguridad de la población hondureña, dando cumplimiento a los planes de prevención y seguridad comunitaria.