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26 de septiembre de 2026Vigente

Acuerdo No. 021-2026 — Publicación de Resolución COMIECO sobre adopción por Panamá del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 01.01.11:06

Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)

  • Decreto: 021-2026
  • Publicación: 26 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
  • Gaceta: 37,256
  • Categoria: Mercantil

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Honduras publica una resolución centroamericana que establece reglas técnicas sobre la cantidad de producto en empaques preenvasados, las cuales deben cumplir todos los países miembros. Esta norma armoniza los estándares comerciales regionales y permite que Panamá se incorpore a estas regulaciones comunes para facilitar el comercio entre naciones centroamericanas.

Considerandos

Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993.

Que de conformidad con los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana, por lo que le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico.

Que de acuerdo con los Artículos 7 y 26 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte han convenido en establecer un proceso de armonización regional de la normativa técnica.

Que mediante la Resolución No. 168-2006 (COMIECO-XLIX), del 28 de julio de 2006, el COMIECO aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 01.01.11:06 Cantidad de Producto en Preempacados, el cual fue posteriormente modificado por la Resolución No. 291-2012 (COMIECO-LXII), del 14 de mayo de 2012, que introdujo ajustes específicos y consolido el texto íntegro del referido RTCA.

Que mediante la Fe de Erratas emitidas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), del 5 de septiembre de 2012, se precisó que el texto correcto y completo del RTCA 01.01.11.06 es el contenido en el anexo de la Resolución No. 291-2012 (COMIECO-LXIII).

Que la República de Panamá ha manifestado su interés en adoptar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 01.01.11.06 Cantidad de producto en Preempacados, en su versión vigente, por lo que se somete a consideración del Consejo la aprobación del presente acto administrativo.

Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.

Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), en reunión realizada el 26 de junio de 2026, adoptó la Resolución No. 500-2026 (COMIECO-CXIII).

Texto completo

ACUERDO OPCE No. 021-2026 LA OFICINA PRESIDENCIAL DE COMERCIO EXTERIOR, CONSIDERANDO: Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993. CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana, por lo que le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con los Artículos 7 y 26 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte han convenido en establecer un proceso de armonización regional de la normativa técnica. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No. 168-2006 (COMIECO-XLIX), del 28 de julio de 2006, el COMIECO aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 01.01.11:06 Cantidad de Producto en Preempacados, el cual fue posteriormente modificado por la Resolución No. 291-2012 (COMIECO-LXII), del 14 de mayo de 2012, que introdujo ajustes específicos y consolido el texto íntegro del referido RTCA. CONSIDERANDO: Que mediante la Fe de Erratas emitidas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), del 5 de septiembre de 2012, se precisó que el texto correcto y completo del RTCA 01.01.11.06 es el contenido en el anexo de la Resolución No. 291-2012 (COMIECO-LXIII). CONSIDERANDO: Que la República de Panamá ha manifestado su interés en adoptar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 01.01.11.06 Cantidad de producto en Preempacados, en su versión vigente, por lo que se somete a consideración del Consejo la aprobación del presente acto administrativo. CONSIDERANDO: Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios. CONSIDERANDO: Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), en reunión realizada el 26 de junio de 2026, adoptó la Resolución No. 500-2026 (COMIECO-CXIII).

Notas

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