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12 de diciembre de 2017Vigente

Acuerdo No. 131-2017 — Creación de la Unidad de Capacitación del Instituto Hondureño de Geología y Minas

Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)

  • Decreto: 131-2017
  • Publicación: 12 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)
  • Gaceta: 34,515

Considerandos

Que mediante Decreto Legislativo No. 238-2012, de fecha veintitrés de enero del año dos mil trec y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de su publicación y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Minería.

Que mediante Acuerdo No. 84- 2017, el Secretario de Estado de Estado en el Despacho d la Secretaría de la Presidencia, acordó nombrar a partir del veinticino de julio del año dos mil diecisiete, a la ciudadana NÍVIDA FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA, en el cargo de Directora Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”.

Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones con independencia técnica, administrativa y presupuestaria, está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir dos actos, celebrar contratos y comparecer ante los tribunales de la República, todo ello en el ejeercicio de su competencia.

Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN” actúa como ejecutor de la Policía Nacional del sector minero en general, con la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y de crear las unidades administrativas técnicas y operativas necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley General de Minería.

Que dentro de las atribuciones de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, está la de realizar investigación científica en el ámbito de las geo ciencias y minería, adquirir, potenciar y difundir el conocimiento científico y tecnológico relacionado con las actividades del Instituto, mediante la gestión y apoyo a planes, programas y proyectos de investigación, formación y desarrollo, en consonancia con el Plan de Nación y Visión de País. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

Que dentro de las atribuciones del Director Ejecutivo está la de administrar y ejercer la representación legal de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, asumir las responsabilidades administrativas en relación al personal bajo su dependencia.

Que de conformidad a lo establecido en el artículo 5 inciso I), del Reglamento de la Ley General de Minría, el Director Ejecutivo, además de las atribuciones establecidas en el artículo 101 de la Ley General de Minería, puede crear cuando estime conveniente y cuente con dispopnibilidad presupuestaria, otras Unidades Administrativas, Técnicas y Operativas para cumplir con la Ley General de Minería y el Reglamento de la misma.

Que de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Minería dentro de las funciones de la Unidad de Investi ación está la de promover, organizar y administrar la realización de programas de estudio y cursos de grado, posgrado y especialización, formar y capacitar a investigadores en el área de las geo ciencias y riesgos a desastres; asimismo, dentro de las funciones de la Unidad de Desarrollo Social está la de promover y ejecutar programas de entrenamiento y capacitación, sobre temas referidos al desazolvamiento, minería artesanal, pequeña minería, impactos sociales de la minería, proyección institucional y otros relacionados con la actividad minera. CONSIDERANDO: (09): Que la Dirección Ejecutiva, en aras de mejorar la aplicación de la actual Ley General de Minería y de su Reglamento, en lo pertinente a que se creen buenas prácticas en lo concerniente a la divulgación, conocimiento y entendimiento de aspectos legales básicos de dicho instrumento legal y que asimismo se coordine una política de capacitación que maximisen los conocimientos del personal de la institución y al revisar el organigrama institucional, considera indispensable y necesario para el buen funcionamiento de la institución, la creación de la Unidad de Capacitación.

Articulos

Articulo 1.-

Crear la UNIDAD DE CAPACITACIÓN del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, que estará dentro de la línea jerárquica de la Subdirección de Invstigación e Información Minera y en estrecha relación con las Unidades de Investigación, Desarrollo Social, Cooperación Externa y Recursos Humanos.

Articulo 2.-

Las funciones de la Unidad de Capacitación serán las siguientes:

  • a)

    Detectar a través de las diferentes Unidades de la institución las necesidades de capacitación;

  • b)

    Elaborar un plan anual de capacitación;

  • c)

    Planificar, programar y coordinar con las diferentes unidades de la institución, las capacitaciones anuales;

  • d)

    Promover y ejecutar programas de entrenamiento y capacitación a las Alcaldías Municipales sobre temas referidos al desazolvamiento, minería artesanal, pequeña minería, impactos sociales de la minería, proyección U D I-D EG T-U N AH institucional y otros relacionados con la actividad minera;

  • e)

    Coordinar la capacitación interna y externa de la institución;

  • f)

    Elaborar estadísticas de capacitación;

  • g)

    Coordinar con entidades del sector público cursos y seminarios, programas y otros eventos de capacitación;

  • h)

    Preparar y coordinar las actividades relacionadas con el desarrollo de eventos de capacitación;

  • i)

    Dar el seguimiento correspondiente de los programas de formación y capacitación;

  • j)

    Establecer las directrices y estrategias internas para la formación permanente del personal en conjunto con las Unidades de Investigación, Desarrollo Social, Cooperación Externa y Recursos Humanos;

  • k)

    Ejecutar los procesos de inducción del nuevo personal, cuando ingrese a laborar en cualquiera de las unidades de la institución; I) Identificar en el personal, diferentes grupos para la capacitación y desarrollo profesional, de manera que se atiendan las necesidades de capacitación y profesionalización de los empleados que inician y de aquellos que han laborado diferentes tiempos en la institución; II) Coordinar con las Unidades de Investigación, Desarrollo Social, Cooperación Externa y Recursos Humanos, los trámites para estudio, capacitación, becas, maestrías, pasantías y otros a favor de los empleados de la institución; m) Otros que le fueren asignados por la máxima autoridad, acorde al puesto y conocimiento.

Articulo 3.-

La vigencia del presente Acuerdo es a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 4.-

Hacer entrega del presente Acuerdo a la Unidad de Recursos Humanos y a la Gerencia Administrativa, para los efectos legales correspondientes. NÍVIDA HERNÁNDEZ DIRECTORA EJECUTIVA KAREN SUDITH RUBÍ PÉREZ Secretaria General Interina Acuerdo de Delegación INHGEOMIN No. 117/11/2017