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11 de marzo de 2017Vigente

Acuerdo — Reforma del Artículo 120 del Plan de Arbitrios Municipal sobre limpieza de solares baldíos

Corporación Municipal de Siguatepeque

  • Publicación: 11 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Corporación Municipal de Siguatepeque
  • Gaceta: 34,287

Texto completo

8.1-El Abog. Josué Flores,Jefe del Departamento Justicia Municipal,solicita a la Honorable Corporación la reforma del Artículo 120 del Plan de Arbitrios Municipal, en virtud de la ambigüedad del mismo y de no establecer una multa por la infracción que en el se contempla.- En este sentido el texto deberá leerse de la siguiente forma: “1)Es obligación del propietario de cada solar baldío hacer la limpieza de los mismos en intervalos mínimo de tres meses.- En caso de no hacerlo la municipalidad a través del Departamento de Justicia Municipal ordenará la limpieza de cada solar baldío con maleza,imponiendo una multa de(1)un salario mínimo vigente más el costo del trabajo realizado, bastara para ello la denuncia ciudadana o la identificación del solar por parte de la policía municipal o cualquier otra dependencia.- 2) La imposición de la multa y los costos de la limpieza se hará cargando el valor de éstos a los impuestos de bienes inmuebles, mediante acta que entregara la Dirección de Justicia Municipal al Departamento de Control Tributario.NOVENO...DECIMO...Y no habiendo más de que tratar se cerró la sesión siendo las 5:20P.M. ::::::::::::::::::::::::: ES CONFORME CON SU ORIGINAL::::::::::::::::::::::::: Siguatepeque,departamento de Comayagua,a los diez y seis (16) días del mes de enero del presente año dos mil diez y siete (2017). Abog.Juan Carlos Morales Pacheco Alcalde Municipal Lic.Ivett Melissa Zavala Rodríguez Secretaria Municipal 11 M. 2017 MUNICIPALIDAD DE SIGUATEPEQUE SECRETARÍA MUNICIPAL Télefono: 2773-0039/ 2773-0079 www.municipalidad siguatepeque.com MUNICIPALIDAD DE SIGUATEPEQUE SECRETARÍA MUNICIPAL Télefono: 2773-0039/ 2773-0079 www.municipalidad siguatepeque.com

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